Prácticamente toda actividad productiva crea algún tipo de contaminación ambiental, directa o indirectamente. Externalidades negativas que solo pueden aceptarse hasta determinados límites, en la esperanza que se puedan evitar graves daños a la naturaleza y, por tanto, comprometer las condiciones de vida del ser humano. Los organismos internacionales o los gobiernos establecen vallas máximas que hay que respetar.
La minería no es una excepción y las empresas deberían cumplir con los diez principios que ellas establecieron en el 2002 desde el Consejo Internacional de Minería y Metales (ver: www.icmm.com/document/605) y, particularmente, con los Límites Máximos Permisibles (LMP), establecidos oficialmente para cada uno de los elementos que componen los efluentes contaminantes que afectan mares, ríos, lagunas, aire, suelos, bosques y personas. LMP que se fijan en términos precisos: miligramos por litro de agua (mg/l) según su contenido de arsénico, cobre, hidrógeno, hierro, mercurio, plomo o zinc.
En el país una miríada de empresas mineras rebasan esos estándares en porcentajes astronómicos. Uno diría que semejante comportamiento se refiere únicamente a las explotaciones mineras informales, en las que se concentran los medios de comunicación. No es así, sin embargo, como lo demuestran varios informes recientes, de los cuales los que más nos han llamado la atención son los del grupo de investigadores dirigido por Milagros Salazar (ver: www.convoca.pe). Presentan datos del enorme y reiterado incumplimiento de la minería formal a gran escala, que a cualquiera dejan perplejo. Los autores consultaron las más variadas fuentes, la principal de las cuales provino del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).
El trabajo de filigrana se basó en una muestra de 132 empresas de la gran minería, llegando a resultados alarmantes de julio del 2010 a diciembre del 2014. A partir de la base de datos de la OEFA, detectaron que de los 729 expedientes se habían emitido 600 sanciones con multas que llegaron a casi US$70 millones. Cifra que ciertamente resulta irrisoria respecto a los daños causados, que son irreversibles. La mayoría de casos se debió al incumplimiento de los LMP, al margen de la inobservancia de las normas de residuos sólidos, a la situación desastrosa que dejaron al finalizar la explotación o a la negativa a permitir labores de evaluación y fiscalización. Se entiende así que, actualmente, el 66,7% de los conflictos socioambientales (Defensoría del Pueblo) estén relacionados con la minería.
Encabezan la lista de los mayores transgresores y reincidentes las empresas Doe Run (US$9 millones), Volcan (6,4’), Caudalosa (3’), Raura (2,7’), Castrovirreyna (2,3’) y Ares (2,1’). Entre uno y dos millones de dólares se multó a Nystar Ancash, Los Quenales, Buenaventura y Corona. Por cierto que casi la totalidad de sanciones fueron apeladas por las empresas infractoras, si bien la mayoría de ellas fueron declaradas improcedentes por la última instancia, el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA. Sin embargo, más del 80% de las multas de las “sanciones firmes” han sido congeladas en el Poder Judicial. Sin duda, algo huele mal en Dinamarca.