El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) dispuso la publicación del proyecto del nuevo Reglamento de la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, mediante la Resolución Viceministerial N° 062-2019-MIMP, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
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Asimismo, precisa que este debe ser publicado hoy en el portal institucional del MIMP (https://www.gob.pe/mimp), junto al proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su exposición de motivos.
Asimismo, se establece un plazo de 30 días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la citada resolución, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, entidades públicas o privadas y personas naturales interesadas.
Estos aportes podrán ser presentados en mesa de partes del MIMP, ubicado en jirón Camaná N° 616, Cercado de Lima, o a través de las direcciones electrónicas: mvargas@mimp.gob.pe y mgutierrez@nmimp.gob.pe.
La Dirección General Contra la Violencia de Género será la encargada de procesar y sistematizar los aportes, sugerencias y/o comentarios que se presenten.
La referida resolución ministerial es refrendada por la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ana María Mendieta.
La Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, establece que su objeto consiste en prevenir y sancionar el hostigamiento sexual producido en las relaciones de autoridad o dependencia, cualquiera sea la forma de este vínculo.
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