La titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Zoraida Ávalos, determinó iniciar un procedimiento disciplinario contra el fiscal superior Alonso Peña Cabrera por la presunta comisión de una falta disciplinaria tipificada en el artículo 46 de la Ley de Carrera Fiscal, que señala: “Intervenir en una investigación o en un proceso judicial conociendo la existencia de prohibición expresa”. También se le atribuye otra falta referida a “influir o interferir de manera directa o indirecta en el resultado de las investigaciones fiscales que no estén a su cargo”.
En esa línea, la resolución del 28 de noviembre se le requirió a Peña — jefe de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones del Ministerio Público— un informe con sus descargos en el plazo de cinco días hábiles. Y también se ofició a la Gerencia Centra de Potencial Humano para que informe sobre la identidad del personal administrativo que laboró en la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de julio a octubre del 2017.
Si bien a Peña se le abrió procedimiento disciplinario por los puntos anteriores, se decidió también archivar los actuados referidos a que habría comentado a través de medios de comunicación aspectos procesales o de fondo de una investigación o proceso en curso.
El caso se remonta a un informe del 26 de octubre del 2017 enviado por el fiscal José Domingo Pérez al despacho de Ávalos atribuyéndole “presuntas actuaciones irregulares” al fiscal Peña, las cuales se habrían producido durante la solicitud de asistencia judicial internacional para la declaración de Marcelo Odebrecht, que se realizó en noviembre del año pasado.
Entre los cuestionamientos a Peña resumidos en la resolución de Ávalos se menciona que en las reuniones que tuvo con Pérez el 6 y 19 de septiembre del 2017 le habría indicado “que no debía preguntarse a Marcelo Odebrecht sobre ‘AG’”. Como se sabe, estas siglas aparecen en una anotación del ex CEO de la constructora brasileña.
Consultado por El Comercio, el fiscal Alonso Peña Cabrera reiteró que no trató de incidir en el trabajo de Pérez Gómez. Agregó que en todo momento ha actuado con transparencia, legalidad y objetividad en sus funciones.
—Caso de Pérez Gómez—En la misma resolución se resuelve no iniciar un proceso disciplinario contra el fiscal José Domingo Pérez, miembro del equipo especial del Caso Lava Jato, a raíz de cuestionamientos del fiscal superior Alonso Peña Cabrera por hechos que datan de hace más de un año.
Precisamente la resolución también da cuenta de cuestionamientos de Peña a Pérez por presuntamente divulgar información reservada y confidencial a determinados medios periodísticos, “toda vez que una versión distinta de los pormenores de las reuniones sostenidas” entre ambos.
Asimismo, sobre Pérez se señala que habría faltado el respeto al fiscal Peña al no haber dado respuesta a las explicaciones solicitadas por este sobre las publicaciones en medios periodísticos que dieron cuenta de “una presunta limitación de funciones contra el fiscal provincial cuestionado”.Finalmente, tras el análisis del caso, la fiscal suprema Zoraida Ávalos decidió no abrir procedimiento disciplinario contra José Domingo Pérez por presuntas inconductas funcionales previstas en la Ley de la Carrera Fiscal y referidas a, entre otros asuntos, no guardar la discreción debida en asuntos que requieran reserva. Por ende, determinó además archivar los actuados sobre diversos cuestionamientos contra él.
Esta es la resolución completa:
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