El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) oficializó la exclusión de la candidatura de Antauro Humala al Congreso con el número 1 por la lista por Lima de Unión por el Perú (UPP) para las elecciones congresales complementarias del 26 de enero de 2020.
En su resolución, el máximo organismo electoral recordó la prohibición legal de que un candidato a congresista de la República se encuentre condenado a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de delito doloso.
“El JEE no ha asumido atribuciones de un juez penal, como parece interpretar la apelante, porque este, en ningún momento, ha privado o restringido la libertad personal de Antauro Igor Humala Tasso, ni tampoco ha dictado pena alguna que limite los derechos del referido ciudadano, como es la prestación de servicios o la limitación de días libres, que sí los dispone el juez penal”, dice el documento.
“Lo único que sí ha hecho el JEE, de acuerdo a sus atribuciones, es aplicar la ley electoral vigente que impide la participación de Antauro Igor Humala Tasso como candidato del presente proceso electoral”, agrega.
El pleno del JNE también precisa que “no es ilegítimo” que se aplique el impedimento establecido en el artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones a los candidatos que postularían en las Elecciones 2020, pues rige desde su publicación, el 9 de enero del 2018, y mucho antes de la convocatoria a los actuales comicios.
El máximo organismo electoral sí admitió la apelación del resto de postulantes de UPP: Walter Francisco Gago Rodríguez, Carlos Rodolfo Repetto Castro, Luis Gregorio Vílchez Linares, Armando Isaac Jara Mendoza y Agustina Carmela Torres Rodríguez.
Como se recuerda, Antauro Humala cumple una condena efectiva de 19 años por el asalto a una comisaría de Andahuaylas, en enero del año 2005, que dejó como saldo cuatro policías y dos etnocaceristas muertos.
El Poder Judicial lo halló responsable de los delitos de rebelión, homicidio simple, sustracción o arrebato de armas de fuego y daño agravado y secuestro agravado, en perjuicio del Estado y de un grupo de efectivos de la Policía.
La resolución del JNE fue publicada en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano.