Por René Zubieta / Mario MejíaUn equipo liderado por el fiscal José Domingo Pérez inició este martes el allanamiento al estudio de abogados Oré Guardia, en San Borja, en el marco de la investigación por la presunta organización criminal constituida dentro del partido Fuerza 2011 (hoy Fuerza Popular), y que estaría encabezada por Keiko Fujimori. El juez Richard Concepción Carhuancho autorizó la medida por un plazo de 48 horas.
En al auto de allanamiento, el juez menciona que, en este caso, “estaría plenamente justificada la afectación al secreto profesional”. En el análisis de existencia de motivos razonables para la medida, el juez considera:
Al respecto, el fiscal Pérez manifestó a la prensa que los responsables del estudio mostraron colaboración y destacó que este extremo de la investigación tiene que ver con una presunta obstrucción a la justicia. “No nos estamos metiendo en la función del ejercicio propio de la defensa, sino estamos revisando esa información contable y administrativa para corroborar si en efecto se ha pagado a abogados que han servido para coaccionar la voluntad del testigo, del imputado, del aportante”, precisó.
Cabe recordar que Edward García Navarro fue abogado de Keiko Fujimori, quien cumple prisión preventiva, y también se ha desempeñado como defensor legal de José Chlimper, ex secretario general de Fuerza Popular.
—Discrepan—Para el penalista Enrique Guersi, la medida es “excesiva, intimidatoria e inconstitucional”, porque la Carta Magna protege el secreto profesional sin ninguna limitación y el único que puede levantarlo es el cliente. En el caso de los abogados, defendió el derecho de defensa.
“El Ministerio Público tiene otros vehículos para investigar, que no pueden suponer la violación del derecho de defensa ni de secreto profesional. Tiene derecho de interceptar teléfonos o correspondencia, el juez lo puede ordenar […] Podrían levantar el secreto tributario y pedirle información al a Sunat, no tiene que allanarse un estudio de abogados para pedir información contable o financiera”, manifestó a El Comercio.
Acotó que la fiscalía no puede confirmar su teoría violando los derechos de terceros y refirió que si bien los abogados pueden cometer delitos, “los métodos del Ministerio Público no pueden ser inconstitucionales, porque están contaminando la prueba”.
En opinión del penalista César Azabache, el allanamiento en casos como el presente no aplica. Consideró que se justificaría en la búsqueda de un objeto preciso y cuando se denuncie que un abogado está destruyendo evidencia, mas no es un castigo a las malas prácticas aunque estas deban tener una consecuencia. “Pero la inducción a engaño no conduce a la autorización a un allanamiento que debe ser estimado prohibido porque el fiscal no sabe que está buscando en el recinto”, expresó a través de Facebook.
—Justifican—A juicio de Andrés Calderón, director dela Clínica Jurídica de la Universidad del Pacífico, señaló que si bien se mantiene la regla de que no debería allanarse la oficina de un abogado porque podría vulnerarse el derecho a la defensa y el secreto profesional de cualquiera de sus clientes, este caso no tiene que ver con que García Navarro haya sido defensor de Fujimori o algún otro investigado, sino con acciones propias que serían delictivas.
“Para garantizar que no haya una restricción excesiva o innecesaria del secreto profesional, lo que debería hacer el juez es hacer un control para que la información que se recopile sea la estrictamente vinculada con los presuntos delitos que se le imputa a ese abogado. No con todo el ejercicio de su labor profesional”, apuntó en diálogo con este Diario. Aunque calificó la medida de “extrema”, insistió en que se debería evitar cometer excesos en cuanto a la información a recabar. “Toda esa información que tiene que ver con el patrocinio legal de un abogado no debería incorporarse al procedimiento”, apuntó.
Asimismo, Calderón estimó que los afectados podrían cuestionar la validez de la acción y pedirle a un juez superior que declare la nulidad del allanamiento y que lo que se obtenga de la diligencia no sea considerado en el proceso. Sin embargo, dijo ello no tendría que afectar el resto de la investigación.
Por su parte, el penalista Luis Lamas Puccio indicó que la medida está dentro de los procesos que permite la ley y no significa violentar el debido proceso ni el derecho a la privacidad o a la defensa. “Una cosa es el ejercicio de la defensa y otra participar en actos que ya no corresponden a la defensa, como a los testigos, como variar la declaración de los testigos para justificar la licitud del dinero que ingresaba”, sostuvo.Finalmente, para el abogado Carlos Caro, si el juez ha ordenado una medida tan extrema es porque hay justificación. Y esta sería el presunto direccionamiento de testimonios. “No hay una regla que dice que los abogados no pueden ser tocados […] El juez ha dejado en claro que la medida solo afecta a documentos contables pero no documentos jurídicos , no se va a violar la reserva profesional”, sentenció.
-