Dicky Edwin Quintanilla Acosta, quien fue viceministro de Energía del gobierno del ex presidente OIlanta Humala, seguirá siendo investigado en el marco del Caso Gasoducto del Sur.
Así lo estableció la de la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, al rechazar el recurso de tutela de derecho planteada por Quintanilla y confirmar la decisión del juez de primera instancia que también desestimó el pedido.
A Quintanilla Acosta se le imputa los delitos de colusión y; alternativamente, negociación incompatible, debido a que en su condición de viceministro de Energía desde el 20 de diciembre del 2012 hasta el 7 de marzo del 2015, “no adoptó acción alguna con relación a la suspensión de la evaluación del cronograma de ejecución que se mantuvo durante casi toda su gestión”.
Para el Ministerio Público la imputación contra el exfuncionario ha sido precisa durante el inicio de su investigación, así como en el acto de allanamiento en su contra. Por lo que, con el pedido de tutela derecho solo pretendía que se le excluya de la investigación.
Según la Fiscalía, el 23 de octubre del 2014, la empresa Kuntur presentó su escrito de terminación de contrato que Quintanilla aceptó. Pero también opinó para que se acepte la terminación del contrato a favor de la referida empresa, sin reparar que dicha solicitud se hizo extemporáneamente y sin que concurran las condiciones de “fuerza mayor”, lo que dio lugar a la emisión de la Resolución Suprema Nro 79-2014-EM.
La mencionada resolución que lleva por título “Aceptan renuncia a la concesión de transporte de has natural por ductos de Camisea al sur del país”, remarcó la Fiscalía, el entonces viceministro de Energía, no habría garantizado que la empresa Kuntur cumpla con sus obligaciones contractuales. O, en su defecto, no habría generado las condiciones necesarias para que declarar la caducidad del contrato y que se ejecute la carta fianza por incumplimiento de contrato.
Según la defensa de Quintanilla se vulneraron sus derechos de defensa pues no se había precisado mínimamente la imputación en su contra para incluirlo en la investigación por el Caso Gasoducto Sur.
Además, solicitó que la fiscalía le señale cuál fue la opinión favorable emitida en la concesión a Kuntur y qué norma debía tener en cuenta su patrocinado al adoptar acciones como viceministro de Energía.
Asimismo, señaló que su pedido no es por la exclusión de la investigación, sino para que se aclare de qué manera se presenta una sospecha simple en su contra conforme a lo que se pide en el Acuerdo Plenario -2019.
Sin embargo, a consideración del Tribunal Superior, los hechos relatados por la Fiscalía indicarían que el actuar del investigado Quintanilla Acosta habría sido desplegado con la finalidad de favorecer a la empresa Kuntur, al solicitar y obtener la culminación del contrato de concesión sin tener el sustento técnico ni legal.
La sala también sostuvo que coincidía con la decisión del juez de primera instancia, que ya había denegado la tutela de derechos, al considerar que la defensa buscaba cuestionar la corroboración de la imputación contra Quintanilla Acosta, “lo cual, de acuerdo al presente estadio procesal, no es viable”.
En esa línea, la Sala Superior consideró que los cargos atribuidos contra el ex viceministro de la cartera de Energía, de acuerdo a la etapa procesal en la que se encuentra el caso (diligencias preliminares), resultan ser suficientes para continuar con la investigación.
El tribunal estuvo conformado por los jueces Ramiro Salinas Siccha, Juan Guillermo Piscoya y Marco Angulo Morales.