La Sala Penal Especial de la Corte Suprema anuló la orden de impedimento de salida del país contra los ex integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Guido Aguila e Iván Noguera, investigados por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto.
Como se recuerda, el juez de investigación preparatoria Hugo Nuñez Julca, había ordenado el impedimento de salida del país por 18 meses contra Aguila y Noguera.
En una resolución firmada por los magistrados José Neyra, Iván Guerrero y Ramiro Bermejo Díaz, se indica que el juez de primera instancia hizo una fundamentación errónea en la calificación de la prognosis de pena (4 años) a imponerse y por tanto, no se alcanza el máximo para fundamentar una medida de impedimento de salida del país. Lo mismo, indican, hizo la fiscalía.
“No fundamenta por qué, en el caso de los encausados Aguila Grados y Noguera Ramos, debería ser de cuatro años. De notarse que esta prognosis es aún mayor que la propuesta por el Ministerio Público a la que se ha hecho referencia”, sostiene el documento judicial.
El tribunal supremo sostuvo que si bien Aguila y otros vienen siendo investigados por presuntos delitos de patrocinio ilegal y cohecho pasivo específico - en sus casos existen atenuantes como no registrar antecedentes penales. Por tanto, la pena posible a imponer no sería mayor de tres años.
“Por consiguiente, carece de sustento jurídico-fáctico la fijación de un impedimento de salida del país en contra de los encausados nombrados, toda vez que no sobrepasan la exigencia legal que señala el primer párrafo del numeral 1 del artículo 295 del CPP, de allí que en el extremo del impedimento de salida la decisión debe revocarse”, sostuvo la Sala Penal Especial.
No obstante, confirmó la medida de comparecencia con restricciones como no ausentarse del lugar de residencia sin autorización del Ministerio Público y no comunicarse con personas vinculadas a la investigación en su contra que declaren como testigos.