Pese a las críticas de congresistas y especialistas, el pleno del Parlamento aprobó la noche del pasado 5 de diciembre el dictamen que incorpora el artículo 359-A al Código Penal, para tipificar el delito “de financiamiento de origen delictivo para las organizaciones políticas”. A favor votaron legisladores de Fuerza Popular, el Apra y Peruanos por el Kambio (partidos cuyos líderes afrontan investigaciones por presunto lavado de activos), no agrupados y Edwin Donayre (Alianza para el Progreso).
La iniciativa se aprobó cuatro días antes del referéndum, en el que una de las preguntas planteó una modificación constitucional para regular el financiamiento de organizaciones políticas. Esta finalmente fue aprobada por la ciudadanía.
El texto sobre el financiamiento no estaba en la agenda del pleno, pero se incluyó por un acuerdo de la Junta de Portavoces, aunque solo con el respaldo de FP y del Apra.
En el pleno además se puso a debate de forma sorpresiva. Anticipándose a lo que se venía –según fuentes el Congreso–, Daniel Salaverry se retiró del hemiciclo. Segundo Tapia (FP), como presidente encargado del Legislativo, había anunciado que se iba a discutir el dictamen que busca eliminar la sanción por no votar. Pero su colega de bancada y titular de la Comisión de Constitución, Rosa Bartra, se acercó a él y, tras una breve conversación, Tapia anunció que se iba a debatir la iniciativa sobre el financiamiento (que se dictaminó en las comisiones de Constitución y Justicia).
Durante el debate, varios congresistas pidieron que el tema se discutiera luego del referéndum. También se planteó que el texto regresara a comisiones. Esta última propuesta fue rechazada.
Al final, en el pleno se aprobó el dictamen con un texto sustitutorio que recogía planteamientos de Javier Velásquez Quesquén (Apra) y Gilbert Violeta (PpK). Velásquez planteó una nueva redacción del artículo, con un cambio de penas (ver nota vinculada). Violeta pidió que se incorpore la figura del oficial de cumplimiento.
Después de aprobarse el dictamen, se votó la exoneración de segunda votación. Congresistas de Nuevo Perú, Frente Amplio, Acción Popular y no agrupados reclamaron por el hecho. Tapia suspendió el pleno.
Dos días después de la votación, Salaverry calificó de “nefasta” la norma aprobada y anunció que someterá a votación la reconsideración planteada por la bancada de Nuevo Perú. El tema está incluido en la agenda de la sesión del pleno de este lunes.
—Las investigaciones—Fuentes del Ministerio Público expresaron que la iniciativa aprobada pondrá en riesgo los procesos por el Caso Lava Jato.
El abogado penalista Carlos Caro consideró que, por la manera como está redactada la iniciativa, el financiamiento ilícito “es una forma de lavado de activos”.“Se ha puesto que se debe probar el origen delictivo y que se tenía conocimiento de ese origen delictivo. Eso, en términos penales, es lavado de activos. Sería una modalidad del delito, incluso con pena atenuada”, indicó.
Caro opinó que, de convertirse en ley, esta “va a poder aplicarse retroactivamente a todos los casos”. Lo dijo en referencia a las investigaciones por lavado de activos por los aportes de Odebrecht a campañas electorales.“Lo que van a hacer los abogados [de los investigados es que] van a aplicar la retroactividad benigna. Por lo tanto el estándar probatorio sube y se va a tener que probar el origen delictivo. Puede implicar que estos procesos se archiven”, comentó en referencia a las indagaciones de los aportes.
Para Caro, el presidente Martín Vizcarra debería observar la iniciativa.Los congresistas Gino Costa y Yonhy Lescano señalaron que el dictamen favorece a los líderes políticos investigados por los presuntos aportes ilícitos.El secretario general de la asociación civil Transparencia, Gerardo Távara, criticó que la iniciativa se haya aprobado “con prisa”. El vocero de FP, Carlos Tubino, dijo que el dictamen se analizó “con mucho tiempo de anticipación”.
—El texto sustitutorio—El dictamen que se debatió plantea incorporar el artículo 359-A al Código Penal. El texto sustitutorio aprobado establece que se denominará “Financiamiento de origen delictivo para organizaciones políticas”.“El que, infringiendo la ley electoral o de organizaciones políticas, entrega o recibe, directa o indirectamente, financiamiento de origen delictivo, a sabiendas de este o debiendo razonablemente presumirlo, para grupos, alianzas, movimientos u otras organizaciones políticas, en proceso de registro o registrados, mediante aportaciones, donaciones o cualquier otra modalidad de financiamiento privado, es reprimido con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de diez años”, señala el texto.También se indica: “La pena es no menor de cinco años ni mayor de quince años [...] si el valor del dinero, bienes, efectos o ganancias involucrados es superior al equivalente de 500 UIT [S/2’075.000]”.