El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) podrá declarar la improcedencia de la solicitud de inscripción y, por lo tanto, negarse al reconocimiento legal de un partido político si considera que sus actividades son contrarias a los principios democráticos.
Esto según el proyecto de una nueva ley de partidos políticos, cuya iniciativa legislativa, presentada en forma consensuada ante el Congreso por los organismos electorales, establece que el JNE adoptará esa decisión si considera que la fuerza política vulnera sistemáticamente las libertades y los derechos fundamentales de las personas.
Del mismo modo, el JNE considerará si es que la agrupación o partido que busca su reconocimiento da apoyo político a la acción de organizaciones que practican el terrorismo o el narcotráfico.
Se propone que la declaración de ilegalidad por conducta antidemocrática de un partido que se encuentre inscrito en el JNE le corresponde a la Sala Civil y, en apelación, a la Sala Constitucional de la Corte Suprema a pedido del fiscal de la Nación o del defensor del Pueblo.
La sentencia permitirá que el JNE disponga la cancelación de la inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas, además del cierre de locales partidarios y la imposibilidad de reinscripción.