El 43 Juzgado Penal de Lima, a cargo del magistrado Arnaldo Sánchez, declaró improcedente el recurso de hábeas corpus a favor del ex presidente Alberto Fujimori, que presentó su hija Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular.
A través de un comunicado en su cuenta de Twitter, la Corte Superior de Lima del Poder Judicial, informó que el magistrado rechazó el pedido al considerar que “no se ha vulnerado derecho alguno del beneficiario Alberto Fujimori, referido al derecho a la libertad y conexos”.
Respecto a los derechos conexos, cabe recordar, se cuestionó el derecho a la imputación necesaria y a la debida motivación de la resolución judicial que lo condenó a 25 años de prisión por los delitos de homicidio calificado y secuestro agravado por los casos Barrios Altos y La Cantuta, en abril del 2009.
Además, en el hábeas corpus se había alegado la vulneración del derecho de interdicción a la arbitrariedad, es decir que la sentencia debía estar constituida a base a pruebas y no de especulaciones.Por tanto, según el magistrado, el contenido constitucional que solicitó Keiko Fujimori en la demanda a favor de su padre “no está protegido por el hábeas corpus”. Razón por la que fue rechazado.
Cabe recordar que el último viernes, la lideresa de Fuerza Popular Keiko Fujimori, anunció a través de su cuenta de Facebook que había cumplido con interponer un recurso constitucional para buscar la libertad de su padre.
El recurso fue calificado por Fujimori Higuchi como “el hábeas corpus de la libertad” pues constituía un nuevo camino legal para lograr la excarcelación del ex mandatario.
Este sería el quinto hábeas corpus presentado desde el 2009 incluso uno de ellos fue desestimado por propio Tribunal Constitucional, en última instancia.