El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de hábeas corpus presentada por el ex ministro de Interior aprista Agustín Mantilla Campos en contra de la resolución judicial que le abrió instrucción por los crímenes del llamado Comando Rodrigo Franco.
El 28 de mayo del 2008, el Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial decidió iniciar un proceso judicial a Mantilla y a otros integrantes del grupo paramilitar por homicidio calificado y secuestro -a los que consideró delitos de lesa humanidad- en perjuicio de Manuel Febres Flores, Luis Pasache Vidal, Sócrates Porta Solano, Saúl Cantoral Huamaní y Trinidad García Santa Cruz, todos ellos asesinados entre los años 1988 y 1989.
Este juzgado encontró suficientes indicios de la existencia del Comando Rodrigo Franco, de “la autoría material en las actividades de eliminación física de supuestos elementos subversivos” y de “la existencia de una fuerte estructura jeráquica a disposición” del ex ministro aprista.
MIRA LA SENTENCIA DEL TC SOBRE EL COMANDO RODRIGO FRANCO
Mantilla sostuvo en su demanda que los delitos que le eran imputados no eran crímenes de lesa humanidad.
Sin embargo, su hábeas corpus fue rechazada por el Primer Jugado Especializado Penal para Reos Libres y, después, por la Cuarta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Lima.
Y según la sentencia del TC, la apertura de instrucción del 2008 se basa en declaraciones de testigos, de un ex director de inteligencia del Ministerio de Interior, y del informe de una comisión investigadora del Congreso.
Además, señala el TC, el auto apertorio se encuentra motivado por resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pues los crímenes “fueron cometidos en el marco de un ataque generalizado y sistemático”.
¿CÓMO FUE LA VOTACIÓN EN EL TC?Los magistrados del TC Óscar Urviola Hani y Gerardo Eto Cruz se pronunciaron por declarar improcedente la demanda de Mantilla. Y aunque bajo otras razones jurídicas, igual voto tuvo Ernesto Álvarez Miranda.
Los magistrados Juan Vergara Gotelli, Carlos Mesía Ramírez y Fernando Calle Hayén votaron por declarar fundado en un extremo e infundado en otro el hábeas corpus.
Sin embargo, Urviola, como presidente del TC, ejerció un voto decisorio a favor de declarar improcedente la demanda del ex viceministro aprista en su conjunto.