¿Cuándo inicia el pago a jubilados ONP de la ley 19990 correspondiente a setiembre del 2026?

Tras la llegada de septiembre 2026, más de 700 mil jubilados de la ONP empezarán a cobrar sus pensiones a través del Banco de la Nación, de acuerdo con un cronograma establecido según la primera letra de su apellido paterno. Todos los detalles, en esta nota.
¿Cuándo empieza el pago a jubilados ONP de la ley 19990 correspondiente a setiembre del 2026? (Foto: Banco de la Nación)

Tras la llegada de septiembre 2026, el informó que el pago de pensiones a los jubilados del régimen del Decreto Ley n.° 19990, administrado por la Oficina de Normalización Previsional (), comenzará este 7 de septiembre. Los depósitos se realizarán de manera progresiva en las cuentas bancarias de los jubilados, de acuerdo con la letra inicial del apellido paterno. En tanto, los trabajadores públicos podrán cobrar su remuneración a partir de la tercera semana del presente mes. Así, este aporte representa una gran oportunidad para esta parte de la población nacional, ya que podrán cubrir sus principales necesidades básicas como, por ejemplo, alimentos, medicinas o el pago del arriendo de la vivienda. En el desarrollo de esta nota, te contamos mayores detalles al respecto.

CRONOGRAMA DE PAGOS PARA LOS JUBILADOS DEL DECRETO LEY 19990 DE LA ONP EN SEPTIEMBRE 2026

Actualmente, 715 422 adultos mayores de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), afiliados al Decreto Ley 19990, serán los primeros en cobrar el pago de su pensión a partir de este 7 de septiembre. Por ello, este grupo deberá acercarse al Banco de la Nación o esperar el abono en su cuenta de ahorros. Inclusive, podrán desembolsar su dinero, en caso lo hayan solicitado, en las agencias del BBVA, Banco GNB, BanBif e Interbank, según la letra inicial del apellido paterno de cada pensionado. Por consiguiente, te presentamos las fechas establecidas para que los pensionistas cobren su dinero, conforme al siguiente cronograma:

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A UNA PENSIÓN POR INVALIDEZ EN LA ONP?

La Oficina de Normalización Previsional indicó que los afiliados facultativos que mantienen sus aportes pueden acceder a una pensión por invalidez si un accidente o una enfermedad les impide desempeñar una actividad laboral de forma temporal o para toda la vida. Sin embargo, la ONP informó que, entre los requisitos indispensables al momento de haber ocurrido el accidente, figura haber realizado como mínimo 12 meses de aportes durante los últimos tres años, así como presentar un certificado médico emitido por EsSalud, Minsa o una entidad autorizada. Esto permitirá que el asegurado obtenga un ingreso mensual a través del Banco de la Nación y cobertura de salud durante el proceso de rehabilitación o de manera permanente. Es importante recordar que, en caso de fallecimiento, la familia, ya sea pareja, hijos o padres, accederán a una pensión de supervivencia, según corresponda, conforme comparte el diario El Peruano.

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