Con el objetivo de realizar un seguimiento adecuado al proceso de reembolso de los aportes del desaparecido Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), se utilizan una serie de códigos alfanuméricos que permiten a los exaportantes conocer el estado de sus solicitudes a través de una plataforma. Estos códigos mencionados, que van de la A a la E, indican las distintas fases de cada procedimiento, lo que permite realizar a los beneficiarios el seguimiento correspondiente y tomar medidas en caso de que sus aportes se vean perjudicados.
Como se sabe, el Fonavi o Fondo Nacional de Vivienda, fue un programa en Perú que se originó en 1979 con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda a los trabajadores. Además, su principal propósito era recaudar fondos a través de contribuciones obligatorias de empleadores y empleados, que luego se destinaban a la construcción de viviendas para los afiliados. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
Es necesario gestionar una acreditación anticipada de los aportes en la ONP para los aportantes que no se han jubilado y que trabajaron en empresas que han sido extintas.
El aportante será incluido en el padrón de beneficiarios una vez que la información proporcionada por el empleador haya sido validada y se encuentre en proceso de verificación.
Se espera que el empleador envíe la información pendiente a la Secretaría Técnica para que el proceso continúe.
Es imprescindible corregir la inconsistencia encontrada en el formulario 1 para poder seguir con el proceso.
La información del aportante se encuentra en evaluación para su inclusión en el padrón de pagos, lo que confirma su recepción.
El Fonavi ha puesto a disposición de los exaportantes la plataforma para consultar si formas parte de algún grupo de reintegro. Estos son los pasos:
Es importante mencionar que, el grupo de Reintegro 3 todavía no ha sido activado, pero se estima que en las próximas semanas se incluya a un número importante de beneficiarios que aportaron durante años al Fonavi.
El cobro como heredero forzoso debe indicar que el fonavista ha fallecido y también si se encuentra en la lista de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc (ENLACE). Cuando hayas confirmado que el exaportante esté en la nómina, el familiar heredero tendrá que presentar una declaración jurada en cualquier agencia del Banco de la Nación a nivel nacional, mencionando que cobrará el dinero del fonavista occiso. En ese caso, tiene que ir acompañado del Documento Nacional de Identidad (DNI) y la documentación requerida según sea el caso:
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