Un policía dado de baja que recuperó su trabajo y un funcionario municipal fue restituido en su cargo tras ser sancionado obtuvieron el respaldo de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (APDP) que atendió su queja contra el sitio de internet datosperu.org y lo multó con 60 UITs (S/228 mil / US$ 78,6 mil) por difundir información no pública y desactualizada en la web.
Las resoluciones ministeriales 074-2014-JUS/DGPDP y 075-2014-JUS/DGPDP, publicadas el jueves en las normas legales del diario El Peruano, detallan que en ambos casos datosperu.org cometió sendas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales.
En el caso de Walter Campos, él reclamó que datosperu.org publicó una resolución del año 2002 del Ministerio del Interior en el que se impugna judicialmente su ascenso y daba de baja. Dicha resolución quedó sin efecto meses después a través de otra resolución, también del Ministerio del Interior. Este último documento no figura en internet perjudicando a Campos Rosado.
De acuerdo con la APDP, datosperu.org cometió más se una infracción a la legislación vigente ya que no solo publicó estos datos sin autorización de la persona perjudicada sino que además no consignó la versión actualizada de los mismos. En consecuencia ordenó al sitio de internet retirar la información relacionada a Campos Rosado y sancionarlo con 30 UIT por infracciones “graves”.
SEGUNDO CASOLa autoridad protectora de datos también le dio la razón a otro ciudadano (que prefirió mantener el anonimato), quien encontró en datosperu.org una resolución de alcaldía de la Municipalidad de Ate que data del año 1999 mediante la cual se le destituyó del área de Tesorería de dicho municipio. Este demostró que dicha resolución quedó cuatro años después tras la intervención de la Corte Suprema.
Las infracciones cometidas en este caso son las mismas que en el de Walter Campos. Y en ambos casos se indicó como uno de los agravantes que datosperu.org lucra con los datos que publica en su sitio de internet ya que ha colocado publicidad a través del sistema AdSense de Google. En este caso también se le impuso una multa de 30 UITs.
CABOS SUELTOSEl abogado Erick Iriarte, del estudio Iriarte & Asociados, destacó que es la primera vez que se publica en las normas legales de El Peruano una sanción efectiva por infracción a la Ley de Protección de Datos Personales. Sin embargo no está claro a quién se sancionará exactamente.
La APDP intentó ubicar a los responsables de la web pero nunca logró dar con ellos ya que la dirección que consigna públicamente (Jirón Quilca N° 236. Lima 01) no le pertenece. Además, se verificó que la “Secretaría de Telecomunicaciones” y la “Organización de Estudios Superiores en Ciencias Sociales”, supuestos titulares de la web, tampoco existen. ¿Entonces quién pagará la multa?
“Uno de los principios básicos de la sanción es que tú puedas determinar a quién sancionas. (En estos casos) en esencia terminan sancionándola por el acto de publicar. ¿Quién es el responsable de ese sitio? Esa es la gran pregunta porque debo hacer ejercer de manera plena la sanción. Parece un disparo al aire porque si no les puedes obligar a que te paguen, menos los obligarás a que corrijan los datos que violan los derechos de las personas”, indicó Iriarte a El Comercio.
La publicación de la sanción buscaría notificar de manera pública al responsable de la página ya que fue imposible dar con él o ellos a través de los canales regulares.
.@DatosPeru la primera empresa sancionada por infracción a Ley de datos personales en el Perú | http://t.co/Oy7NpiWkPZ via @ialaw— Erick Iriarte Ahon (@coyotegris) octubre 30, 2014
El Comercio intentó comunicarse con José Quiroga León, director de la APDP, para que comente estas sanciones, pero hasta la publicación de esta nota no podía ofrecer declaraciones.