(Foto: El Comercio)
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María Rosa Villalobos

A 48 horas de cumplirse dos meses de su publicación, se confirmó que la –que reemplaza al Decreto de Urgencia (D.U.) 003– contará próximamente con su respectivo reglamento. El primer ministro César Villanueva; el ministro de Economía, David Tuesta; y el ministro de Justicia, Salvador Heresi, realizaron el anuncio ayer al término de la reunión semanal del gabinete.

IMPORTANCIA
Según Tuesta, la aprobación del reglamento era un hito crucial para la reactivación de la economía, pues de ella dependía en gran medida la recuperación del sector construcción.

Según el MEF, el sector acumula 250 proyectos impactados por los casos Lava Jato y el ‘club de la construcción’.

“Se requería [la publicación del reglamento] porque estamos hablando de casi S/30.000 millones en proyectos que se encontraban prácticamente paralizados”, manifestó Tuesta.

Lamentó el impacto negativo de los problemas alrededor de estos proyectos en indicadores económicos y sociales, como el aumento de la tasa de pobreza monetaria en el 2017, fundamentalmente concentrado en Lima Metropolitana.

“[El reglamento] permitirá una recuperación del empleo”, agregó Tuesta. El calcula que la paralización de obras ponía en riesgo por lo menos 50.000 puestos de trabajo directos y 200 mil indirectos.
El plazo formal para publicar el reglamento venció el 11 de abril, 30 días calendario después de la publicación de la ley. Por ello, en las últimas semanas gremios como AFIN, Capeco, Asbanc y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú manifestaron en reiteradas ocasiones la necesidad de contar con el marco reglamentario de la Ley 30737.

Ayer AFIN saludó el trabajo del MEF en el desarrollo del reglamento, aunque con cautela. “No quiero ser pesimista, pero lo que mandará aquí son los resultados tangibles. Esto no puede predecirse. Hay que ver cómo funciona en su aplicación”, señaló , titular del gremio.

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EL REGLAMENTO
Uno de los temas cruciales que quedó pendiente luego de la aprobación de la mencionada ley fue la determinación de la fórmula para el cálculo de la reparación civil. Los montos que se deriven de esta fórmula marcarán la referencia para determinar las retenciones que se harán a las empresas comprendidas en la ley. Estos flujos se destinarán a los fideicomisos creados inicialmente por el D.U. 003 para garantizar la reparación al Estado una vez que terminen los procesos judiciales.

La fórmula de cálculo de la reparación civil se compone de dos elementos: el daño patrimonial y el daño extrapatrimonial. La fórmula para la determinación de este último fue la que generó mayor controversia dentro del Ejecutivo, pues implica valorizar elementos intangibles, como el daño a la reputación o la imagen del Estado.

Según fuentes de El Comercio, el reglamento establecería un límite para ello: el monto de la reparación por daño extrapatrimonial no podrá ser mayor al que se establezca para el daño patrimonial.

El marco normativo de la Ley 30737 contendrá también los lineamientos de las fórmulas para el cálculo de la reparación civil. El MEF y el sector bancario esperan que esto brinde una mayor certeza para determinar la capacidad de endeudamiento de las empresas constructoras, con lo que reactivarían los flujos de financiamiento.

El reglamento terminaría de definir la operatividad de los fideicomisos y delimitaría los procesos de venta y los mecanismos de ‘compliance’ a ser implementados por las compañías comprendidas en la ley.

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