Redacción EC
Retiro AFP 2024: LINK del cronograma para realizar la solicitud para el desembolso
21:38

Además, las empresas deben entregar al trabajador la hoja de liquidación dentro de los 5 días posteriores al depósito. No hacerlo constituye una infracción leve, con multas que van desde 231.75 hasta 80,958 soles.

20:42

Las escalas de multas fueron aprobadas por el D.S.008-2020-TR (10/02/20) y están determinadas por el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados, basándose en la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, que es de 5,150 soles para el 2024.

20:42

Si no se realiza el depósito de la CTS dentro del plazo establecido, la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) impondrá multas diferenciadas, ya que se considera una infracción grave. Estas multas varían dependiendo del tamaño de la empresa y van desde 566 hasta 134,518 soles, según explicó Álvaro Gálvez.

19:38

Casos de Embargo y Retención

Los depósitos de la CTS pueden ser embargados hasta un 50% por deudas alimenticias.

Es importante señalar que la CTS debe ser depositada en el banco seleccionado por el trabajador, incluso si hay un embargo judicial por deudas de alimentos. En estas situaciones, la empresa debe notificar al juez que la CTS ha sido depositada según lo estipulado por la ley, y que cualquier embargo debe ser solicitado al banco depositario. Esto es aplicable excepto en los casos de CTS incluidos en la liquidación de un trabajador cesante, cuyo plazo de depósito aún no ha vencido.

18:59

Trabajadores que no tienen derecho a CTS:

Conforme a la ley, no tienen derecho a este beneficio:

  • Los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias.
  • Los que reciben el 30% o más de las tarifas que paga el público.
  • Los trabajadores de microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype y aquellos con remuneración anual integral.
  • Los trabajadores del régimen laboral agrario que optaron por cobrar su CTS junto con su remuneración (Ley 30110 y DS 005-2021-Minagri).
17:31

Retiro de la CTS que excede a cuatro sueldos:

  • La Ley 30334 permite a los trabajadores retirar el exceso de cuatro sueldos de su CTS.
  • Si el trabajador decide retirar su CTS, debe comunicarlo por escrito a su empleador, quien informará a la entidad financiera donde se encuentra depositada la CTS (banco, financiera, caja, entre otros), especificando el monto que se podrá disponer libremente.
  • Para determinar el monto intangible, se considera el último sueldo del trabajador a la fecha en que solicita el retiro, multiplicado por cuatro.
16:28

Libre disponibilidad del 100% de la CTS:

La Ley 31480 (25/05/2022) autorizó a los trabajadores a disponer libremente del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2023.

Esta norma será extendida hasta el 31 de diciembre de 2024, según un proyecto de ley aprobado por el Congreso, el cual será promulgado por el Poder Ejecutivo.

16:09

Para trabajadores con menos de 1 mes de servicio:

Los empleados que al 30 de abril de 2024 tengan menos de un mes de servicio no tienen derecho al depósito de la CTS. Los días trabajados se acumularán para el semestre mayo-octubre 2024, y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de noviembre de este año.

16:08

En cuanto a la microempresa, se define a aquella cuyos ingresos anuales no superan las 150 UIT (772,500 soles).

Aquí también se presentan tres situaciones:

  • Si la microempresa no está registrada en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS bajo la norma general.
  • Si la microempresa está registrada en el Remype, los trabajadores contratados antes de la inscripción tienen derecho a la CTS según la norma general.
  • Si los trabajadores fueron contratados después de la inscripción de la microempresa en el Remype, no tendrán derecho a la CTS.
16:07

Una pequeña empresa se considera a aquella cuyos ingresos anuales no exceden las 1,700 UIT (8 millones 755,000 soles).

En este caso, pueden presentarse tres situaciones:

  • Si la pequeña empresa no está registrada en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores, tanto antiguos como nuevos, tendrán derecho a la CTS de acuerdo con la norma general aplicable a medianas y grandes empresas.
  • Si la pequeña empresa está registrada en el Remype, los trabajadores contratados antes de su inscripción tendrán derecho a la CTS según la norma general.
  • Si el trabajador fue contratado después de la inscripción de la empresa en el Remype, su CTS será el 50% de lo que se obtiene bajo el régimen general.
16:04

Para las medianas y grandes empresas, el monto de la CTS depende del tiempo trabajado durante el semestre.

Si el trabajador ha laborado todo el semestre (noviembre 2023 - abril 2024), la CTS a depositar será el 50% del sueldo de abril 2024, más un sexto de la gratificación recibida en diciembre 2023. Si el trabajador no ha laborado el semestre completo, por cada mes trabajado recibirá un sexto del sueldo y la misma fracción de la gratificación.

16:04

En este contexto, la CCL proporciona información sobre cómo se calcula la CTS según el tipo de empresa, qué trabajadores son elegibles para este beneficio, y las sanciones que pueden recibir las empresas en caso de incumplimiento.

16:02

"La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se entrega dos veces al año, en mayo y noviembre, por la empresa al trabajador. Su propósito es formar un fondo para enfrentar futuras contingencias tras la finalización del vínculo laboral y/o para cubrir necesidades básicas mientras se reincorpora al mercado laboral," explicó Álvaro Gálvez, gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

16:02

El 15 de mayo de 2024 fue la fecha límite para que los empleadores realizaran el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al semestre de noviembre 2023 a abril 2024.

12:45

¿CUÁNDO SE PODRÍA DISPONER DE LA CTS 2024?

El Presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, anunció este miércoles 15 de mayo que la ley será promulgada.

12:44

“En breve plazo se va a promulgar la ley que autoriza a la población a disponer del retiro de la CTS, a fin de cubrir sus necesidades por causa de la actual crisis económica. Esa es la decisión que se ha tomado en el Consejo de Ministros, en los días próximos se promulgará la ley que libera la CTS”, señaló Adrianzén tras culminar el Consejo de Ministros.

12:43

De ser promulgada, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en las normas legales del Diario Oficial El Peruano. El Ejecutivo tendrá 10 días hábiles para reglamentar la ley y establecer cómo se realizará el retiro de los fondos de CTS de los trabajadores. Los trabajadores podrán acceder a sus fondos de CTS luego de la publicación del reglamento de la norma.

12:40

CTS: ¿CUÁL ES LA FECHA MÁXIMA PARA QUE SE PROMULGUE?

La presidenta Dina Boluarte tiene hasta el 24 de mayo como fecha límite para aprobar el retiro del 100% del CTS.

12:38

La CTS solamente puede ser embargada en caso de deudas por alimentos y como mucho hasta el 50% de los fondos depositados.

12:37

¿CUÁNDO TIENE QUE HACER EL DEPÓSITO LA EMPRESA?

“Se debe pagar o depositar el 50% de la remuneración de los días computables hasta el 15 de mayo como consecuencia de un derecho que se generó desde noviembre hasta abril. O sea, el semestre de noviembre a abril se deposita máximo hasta el 15 de mayo . Pasada esa fecha se generan multas, intereses financieros y otros castigos para el empleador”, dice el abogado Robles Ibazeta.

12:35

¿QUÉ SUCEDE SI EL EMPLEADOR NO CUMPLE CON ESTA OBLIGACIÓN?

Si el empleador no cumple con realizar el depósito, quedará automáticamente obligado al pago de los intereses, además de la multa administrativa correspondiente. Actualmente, la multa fluctúa entre los S/. 544.50 para las microempresas y los S/. 129,294.00 para las empresas del régimen general.

12:33

El jefe de Gabinete, Gustavo Adrianzén, anunció que el Ejecutivo promulgará la ley que autoriza liberar el 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS).

11:32

También es importante saber que el cálculo de la CTS se basa en el último sueldo.

11:30

La Ley considera como días efectivamente laborados:

  • Las vacaciones o días de suspensión imperfecta de labores
  • Las inasistencias motivadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional o por enfermedades con un límite de hasta por 60 días al año.
  • Los días de descanso pre y posnatal con un límite de hasta por 98 días al año
  • Los días de huelga
  • Los días que el trabajador estuvo ilegalmente despedido cuando se ordene su reposición.
09:25

¿CÓMO PODEMOS CALCULAR LA CTS QUE NOS CORRESPONDE?

La fórmula es la siguiente: sueldo más 1/6 de la última gratificación por el número de meses trabajados y dividido por los 12 meses que tiene el año.

09:24

Por ejemplo, si tienes un sueldo básico neto de S/ 1,500 y tu última gratificación fue de S/ 1,500, así calculas tu CTS:

  • Sueldo básico neto: S/ 1,500
  • 1/6 gratificación de S/ 1,500: 250
  • (1,500 + 250.00) / 360 = 4.86
  • 4.86 x 180 = S/ 875
  • Tu CTS será de S/ 875
09:24

El Pleno del Congreso recientemente aprobó el dictamen que autoriza la libre disponibilidad del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2024, con el objetivo de que los peruanos puedan cubrir sus necesidades a causa de la actual crisis económica.

09:23

A partir de esa fecha, que se estima sería los primeros días de junio, los trabajadores podrán acceder a la totalidad de sus fondos.

09:23

Luego de culminado ese periodo los trabajadores solo podrán retirar el dinero en desempleo o cuando lo que supere la cifra equivalente a 4 remuneraciones. Así, se estima que, a partir del 1 de enero de 2025 en adelante, la CTS volvería a ser un fondo intangible, un fondo de acumulación para el momento del despido o la desvinculación laboral.

22:44

¿Qué porcentaje de la CTS puedo disponer?

La legislación laboral permite retirar el 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas (acumuladas en la cuenta CTS a la fecha de la disposición), y se considera para ese cálculo el monto de la última remuneración.

Corresponde al empleador comunicar a las instituciones financieras el monto intangible del depósito de CTS.

21:38

Si se promulga, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. El Ejecutivo dispondrá de 10 días hábiles para reglamentar la ley y establecer el procedimiento para el retiro de los fondos de CTS por parte de los trabajadores.

Los trabajadores podrán acceder a sus fondos de CTS una vez que se publique el reglamento de la norma.

20:03

El dictamen aprobado incluye varias iniciativas legislativas de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, como comisión principal, y de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.

La iniciativa parlamentaria ha sido enviada al Ejecutivo, quien tiene 15 días para observarla o promulgarla.

19:18

Como se recuerda, el pleno del Congreso aprobó el jueves 2 de mayo el dictamen que propone la ley que autoriza a los trabajadores la libre disposición del 100% de la CTS para que puedan cubrir sus necesidades económicas. Esto, hasta el 31 de diciembre de 2024.

19:18

“Estamos esperando instrucciones del Despacho Presidencial para que se lleve adelante la promulgación de la norma”, indicó Adrianzén en conferencia de prensa, tras la sesión del Consejo de Ministros.

16:30

El presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, indicó este miércoles que en el “breve plazo” se promulgará la ley para que los trabajadores puedan acceder al 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre del presente año.

16:29

Gustavo Adrianzén sobre retiro de la CTS: “Será pronto”

El titular del Consejo de Ministros indicó que espera las instrucciones del Despacho Presidencial para llevar a cabo la promulgación de la norma.

14:30

¿Qué pasa si una empresa incumple el pago de la CTS?

De no cumplir con el depósito de la CTS en el plazo establecido, la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) aplicará multas diferenciadas por considerarse una infracción grave.

14:28

“Aquí se aplicará tres escalas de multas para la micro, pequeña, mediana y gran empresa las que oscilan entre los S/566 y S/134,518″, manifestó el gerente legal de la CCL, Álvaro Gálvez.

14:25

La Asociación de AFP dio a conocer a los afiliados que, el próximo lunes 20 de mayo, iniciará el registro de solicitudes para acceder al retiro extraordinario de hasta 4 UIT (S/ 20.600).

12:05

Detalló que el trámite será digital y gratuito, a través de la página web www.solicitaretiroafp.pe, de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m., con excepción de los días feriados.

11:49

Los afiliados podrán seguir el cronograma de acuerdo al último dígito o letra de su documento nacional de identidad (DNI). La programación es válida para los afiliados que viven en el Perú y en el extranjero.

11:43

¿QUÉ ES LA CTS?

La CTS o también conocida como Compensación por Tiempo de Servicios, es un beneficio laboral que se encuentra establecido en nuestro país. Aquí se abre un fondo de ahorro donde los empleadores tienen que depositar en una cuenta bancaria a nombre de sus trabajadores para que se pueda asegurar su estabilidad económica ya sea si se encuentra sin trabajo o para otros casos.

10:19

De acuerdo a las fechas, Dina Boluarte tiene hasta el 24 de mayo como fecha límite para refrendarlo. Una vez que suceda ello, de acuerdo a la autógrafa, el Ministerio de Trabajo deberá reglamentar la ley en el plazo máximo de 10 días calendarios desde que entre en vigor la ley.

10:18

Así como ocurrió con el séptimo retiro AFP, el Poder Ejecutivo dispone nuevamente de 15 días hábiles como máximo para comunicar de forma oficial su decisión.

01:45

¿CUÁNDO ME DEBEN DEPOSITAR LA CTS?

En el presente año, el 50 % debe depositarse durante los primeros 15 días de mayo del 2024 y el 50 %, dentro de los primeros 15 días de noviembre del 2024. 

01:45

¿QUÉ TRABAJADORES RECIBEN LA CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicio es recibida por todos los trabajadores formales del sector privado que tengan una jornada mínima de 4 horas diarias, lo que equivale a aproximadamente 4 millones de peruanos. Este beneficio es equivalente a un sueldo anual, pero además se suma la sexta parte de la última gratificación percibida.

01:44

¿CÓMO CALCULAR TU CTS?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha habilitado un aplicativo denominado " Calcula tu CTS", que permite saber cuál es el monto referencial de la Compensación por Tiempo de Servicios. Para ello: deberás ingresar a Sunafil, luego a " Calculadora Laboral". Ahí deberá digitar tu número de documento de identidad, como el número de RUC del empleador. Finalmente deberás elegir la opción " Calcula tu CTS" y listo.

01:44

¿HASTA CUÁNDO PODRÍA RETIRAR MI CTS?

En caso se apruebe en el Congreso y luego tenga la luz verde del Poder Ejecutivo, el dictamen autoriza poder retirar la CTS hasta el 31 de diciembre 2024.

01:43

¿CÓMO HAGO PARA RETIRAR MI CTS?

Ante un eventual retiro de la CTS 2024, los pasos a seguir serán los mismos que en anteriores oportunidades.

01:42

• Es fundamental contactar con el banco en el que su empleador deposita su CTS o, en todo caso, al área de recursos humanos de la empresa en la que trabaja para obtener información detallada.

• Verifique el saldo de su cuenta de CTS: asegúrese de conocer el monto exacto con el que cuenta, antes de hacer cualquier solicitud de retiro.

• Decida el monto a retirar: puede ser total (del 100 %) o parcial.

• No será necesario presentar ningun solicitud, como sudece con las AFP.

01:42

El Congreso aprobó con 98 votos a favor, 9 en contra y una abstención el texto que permite la liberación del 100% de los depósitos. La medida también fue aprobada en segunda votación.

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