Mathías Panizo Arana

Wanda del Valle Bermúdez Viera fue capturada el pasado 6 de diciembre en Bogotá, Colombia. Estuvo cerca de seis meses prófuga de la justicia peruana, buscada por los presuntos delitos de conspiración y ofrecimiento para el sicariato. Habría ofrecido 40.000 dólares por el asesinato del coronel PNP Víctor Revoredo Farfán. Dos días luego, recibió 18 meses de prisión preventiva. Pero su llegada al país aún no tiene fecha concreta.

Existen dos caminos judiciales que permitirían que Bermúdez Viera regrese al Perú y sea procesada judicialmente. El primero corresponde a la expulsión, que fue la opción más resonada en los comentarios de las propias autoridades nacionales. Del otro lado, está la extradición, un procedimiento que a los oídos de los peruanos es similar a un procedimiento de jamás acabar.

Palabras y promesas

Por medio de un comunicado oficial de la Policía Nacional de Colombia -tras la captura- se mencionó que Wanda Bermúdez, conocida como ‘la bebecita del crimen’ “será expulsada del país y tendrá que responder ante la justicia del Perú por los delitos que se le atribuyen”. El director de la Dirección Nacional de Investigación Criminal (Dirnic) de la Policía Nacional del Perú (PNP), general Óscar Arriola, también mencionó que la investigada sería expulsada de Colombia en 72 horas. Este plazo ha vencido sin mayores novedades.

Este lunes 11 de diciembre, el ministro del Interior, Víctor Torres, sostuvo respecto al tema -únicamente- que la situación de Wanda Bermúdez “es un proceso que la Policía lo viene monitoreando, que tiene sus temas de índole legal. En su debido momento, se culminará el procedimiento respectivo para que esta persona pueda recibir el peso de la ley de manera contundente”. El premier Alberto Otárola adicionó “no tengan ninguna duda que el Gobierno del Perú va a traer a esta persona al país cumpliendo con todos los requisitos que establecen las normas de derecho internacional”.

El Comercio contactó con el área de prensa del Ministerio Público para conocer más sobre la situación de los procedimientos de extradición o expulsión de Wanda Bermúdez. La respuesta fue la siguiente: “cuando tengamos información al respecto se compartirá”. Al cierre de esta edición, no hubo mayor actualización.

Expulsión discrecional

Lo concreto es que Colombia no es ajeno a la expulsión de personas vinculadas a crímenes y atentados contra la paz pública. Desde el 2015, el país vecino contempla la figura de la “expulsión discrecional”, la cual facilita a dicho Estado a expulsar “a los extranjeros que, a juicio de la autoridad migratoria, realicen actividades que atenten contra la seguridad nacional, el orden público, la salud pública, la tranquilidad social, la seguridad pública o cuando existan informaciones de inteligencia que [lo indique]”. Así lo establece su Decreto 1067.

Asimismo, la normativa establece que la expulsión se puede dar cuando la “[contra la] persona se ha dictado en ese país providencia condenatoria o una orden de captura, por delitos comunes o se encuentre registrado en los archivos de Interpol”. Esta última es la situación de Wanda Bermúdez.

Expulsión no tiene plazo límite

Sin embargo, este procedimiento no contempla un plazo fijo para la evaluación de los casos de expulsión. Incluso, la Corte Constitucional de Colombia ha declarado en sentencia la importancia de valorar el ‘plazo razonable’ en estos casos judiciales, los cuales depende de la complejidad de cada situación, la actividad procesal del sujeto y la conducta de las autoridades nacionales.

En comunicación con El Comercio, el abogado penalista y especialista en procesos de expulsión, Alberto Huapaya, explicó que los supuestos cinco días para la expulsión de Bermúdez Viera no corresponden a dicha medida. Este -explicó- corresponde al plazo máximo que tienen las autoridades peruanas para presentar el pedido de prisión preventiva a las autoridades de Colombia.

El largo camino de la extradición

De acuerdo con el abogado, la extradición es el camino más seguro para lograr que Wanda Bermúdez retorne al país. “Toda extradición nace de un concepto de cooperación internacional judicial. Si uno verifica el primer artículo de cualquier tratado, obliga a los Estados a entregar [a los investigados]”, señaló el especialista.

De acuerdo con el Libro Séptimo del Código Procesal Penal, para iniciar el procedimiento de extradición, el Juez de la Investigación Preparatoria o el Juez Penal, debe pronunciarse al respecto y formar “el cuaderno respectivo, conteniendo, en lo pertinente, la documentación [necesaria], así como la que acredita que el procesado ha sido ubicado en el país requerido, y si el Tratado o la legislación interna de dicho país exige prueba que fundamente la seriedad de los cargos, los medios de investigación o de prueba que lo justifiquen”.

Luego, este cuaderno debe elevarse a la Sala Penal de la Corte Suprema, la cual debe remitir una resolución consultiva. “Si es favorable, se remitirá el cuaderno íntegro al Ministerio de Justicia, previa legalización de lo actuado”, señala el Capítulo. El siguiente paso es el pronunciamiento del Gobierno mediante una Resolución Suprema, aprobada en Consejo de Ministros.

Para este efecto, una Comisión presidida por el Ministerio de Justicia e integrada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se pronunciará mediante informe motivado. El Consejo de Ministros podrá acordar si accede o deniega la extradición activa”, señala la norma. El Dr. Huapaya explicó que -una vez aprobada la solicitud- se debe enviar el cuaderno a la embajada peruana en Colombia, para que esta formalice el pedido al Estado colombiano.

Las causas de la demora

El abogado explicó que el plazo para presentar el pedido de extradición es de 90 días calendario y que el procedimiento “no es complicado”. Sin embargo, sostuvo que existe “una mala costumbre” por parte de las autoridades “de presentar un montón de pruebas” en el cuaderno de extradición. El letrado aclaró que lo que se busca en esta solicitud “no es demostrar la culpabilidad de la persona, sino que se va a acreditar que tiene algo que ver con el delito que se le está imputando”.

Huapaya aclaró que el cuaderno debe contener información precisa, cosa que no suele cumplirse. Por esto, los expedientes son muy extensos y dilatan el proceso. “Una vez presentado [el cuaderno de extradición] es analizado por un juez colombiano y depende de la carga procesal [la celeridad del proceso]. Por eso es importante hacer un buen pedido, que no le maniobra dilatoria [a la defensa]”, mencionó el especialista.

Las capacidades de dilatación se han evidenciado en el caso de Sergio Tarache. El Comercio documentó que la defensa del presunto feminicida ha presentado “un recurso de reposición”, según sostuvo la Cancillería de Colombia. Francisco Bernate Ochoa, profesor en derecho penal de la Universidad del Rosario de Colombia, explicó que este recurso jurídico “no es otra cosa que una petición para que el Presidente de nuestro país reconsidere la entrega [a las autoridades peruanas]. En el caso de la historia de Colombia casi nunca ha prosperado

Asimismo, el letrado peruano aclaró que los procesos para delitos puntuales -como el que se le atribuye a Wanda Bermúdez- son resueltos con mayor celeridad que aquellos de corrupción. Esto porque los hechos son más concretos, a diferencia de los procesos de corrupción, donde los jueces deben “analizar todo el contexto” que rodea a una denuncia por corrupción.

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