Claves de la acusación en el caso de niña que murió tras aborto
Claves de la acusación en el caso de niña que murió tras aborto
Johnny Aurazo

El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito de José Leonardo Ortiz, en , dictaminó ayer nueve meses de prisión preventiva contra Nicanor Núñez Flores (40) y Bertha Criollo Llacshuanga (49). La pareja es acusada de haber provocado la muerte de su sobrina de 11 años, luego de –presuntamente– practicarle un en el inmueble donde vivían. 

Tras el pronunciamiento judicial, Núñez y Criollo fueron trasladados al penal de Picsi, ubicado en el distrito del mismo nombre, en la provincia de Chiclayo.

—Una noche fatídica—

Según la fiscalía, el 29 de noviembre, la menor fue sometida a un aborto no consentido en la misma vivienda que compartía –desde hace tres años– con sus tíos y primos. El inmueble se ubica en el sector Salamanca del distrito de José Leonardo Ortiz, uno de los más convulsionados de Chiclayo. 

La intención de practicar el aborto habría sido para ocultar una serie de violaciones que la niña habría sufrido de su propio tío, Nicanor Núñez, o de su primo Marcio André, de 18 años, quien permanece prófugo pese a haber sido notificado para declarar. La víctima habría tenido tres meses de gestación en ese momento. 

Un día después, el 30 de noviembre, ella fue ingresada al hospital Las Mercedes de Chiclayo debido a una hemorragia intensa. Allí presentó –de acuerdo con el fiscal Manuel Benavente– signos clínicos y operatorios de embarazo, así como una eversión uterina (prolapso o desprendimiento del útero), la cual solo puede producirse cuando se ha practicado un aborto. La niña falleció por un shock hipovolémico (grave pérdida de sangre) el día 2 de diciembre a las 11 p.m. 

—La acusación fiscal—

La Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz acusó a los tíos de la menor (Núñez y Criollo) de haber cometido el delito contra el cuerpo, la vida y la salud, en la modalidad de aborto no consentido agravado y exposición al peligro a una persona dependiente. 

También se les imputó el delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación sexual y complicidad secundaria. 

Al primo de la víctima, Marcio André Núñez (quien recién alcanzó la mayoría de edad el 25 de octubre último), se le imputa el delito de violación sexual agravada. Es decir, para la fiscalía, él o su padre Nicanor ultrajaron a la menor. 

Respecto a la acusación sobre aborto no consentido, el fiscal Benavente explicó que esta se sustenta “en la sangre encontrada en la cama de la víctima”, luego de allanar la vivienda el 7 de diciembre. 

Igualmente, en el inmueble se encontraron guantes quirúrgicos, jeringas y la boleta de venta de una farmacia con fecha 29 de noviembre, en la que se registran los utensilios presuntamente comprados para perpetrar el delito. 

La fiscalía informó que practicaría una prueba de ADN para determinar la paternidad de la criatura y definir quién violó a la niña. También confirmó que pedirá la exhumación del cuerpo de la menor, pues no se le practicó la necropsia de ley. 

—Las claves de la acusación presentada por la fiscalía en 3 pasos—

1 Los tíos son acusados por practicar un aborto no consentido

Según el Código Penal, el aborto sin consentimiento se agrava cuando sobreviene la muerte de la mujer y este resultado pudo preverse. El abogado penalista Mario Amoretti precisó que la pena aplicable sería de entre 5 y 10 años de cárcel. “En el caso del delito contra la vida, el cuerpo  y la salud, en la modalidad de aborto, no existe una tipificación ni un agravante si se comete contra una menor. Se aplican las normas generales y solo se agrava si se produce su fallecimiento”, agregó.

2 La edad de la víctima determina agravantes en la pena

Como la menor tenía 11 años de edad cuando se habría cometido el delito de violación sexual –tal como plantea la fiscalía–, la pena máxima aplicable al responsable sería de 35 años de cárcel.  Dicha sanción aplica en aquellos casos en los que el menor ultrajado tiene entre 10 y 14 años de edad.  Cuando la víctima es menor de 10 años, el Código Penal prevé una pena de cadena perpetua.

3 Un acusado habría sido menor cuando sucedieron los hechos

El penalista Carlos Caro indicó que la fiscalía tiene que demostrar que el presunto violador tenía 18 años cuando cometió el delito.  Ello debido a que el acusado Marcio André Núñez recién alcanzó la mayoría de edad en octubre último (podría haber cometido el delito cuando tenía 17 ). “En caso contrario, deberá ser procesado bajo la ley penal juvenil, que contempla una pena máxima de 6 años de prisión. De ser hallado culpable, tendría que ir a un centro juvenil  hasta que cumpla los 21. Luego debería ser trasladado a un penal común”, explicó el abogado.

—Los tíos se defienden—

Nicanor Núñez y Bertha Criollo se declararon ayer inocentes. “Yo quiero que todo quede claro. No me van a mandar a la cárcel, porque a ella yo la quise como a una hija, incluso más que su papá. Ella es la que sabe todo, pero lamentablemente ya se fue”, dijo Núñez. Criollo, en tanto, señaló: “Todo lo que dicen son suposiciones. No me siento culpable porque no he cometido ningún delito”. 

—Más datos—

Lazos familiares

El acusado Nicanor Núñez es medio hermano de Selvira, madre de la víctima. El padre de la niña, Demetrio Chachapoyas, la entregó a Núñez luego de que Selvira falleciera tras enfrentar un cáncer.

Recompensa

El otro acusado de violación, Marcio André Núñez (18), se encuentra prófugo desde que sucedieron los hechos. El Ministerio del Interior lo ha incluido en la lista de los más buscados del país. Se ofrece una recompensa de S/20 mil por información que dé con su captura.

Contenido sugerido

Contenido GEC