Elizabeth Arias
Elizabeth Arias
Redacción EC

Los abogados  y  consideraron que la jueza debió apartarse de la investigación preparatoria seguida contra la lideresa de , , por el .

Como se recuerda, en su resolución expedida hoy, Arias rechazó el pedido de inhibición que presentó la abogada Giulliana Loza, defensa de la ex candidata presidencial, para que se aparte del proceso porque ella había sido cliente de su estudio de abogados.

Para el abogado constitucionalista Luciano López, la magistrada tuvo que haberse inhibido pues en su propia resolución reconoce que Loza la asesoró en el 2010 y 2011.

Tras analizar la decisión de la jueza Arias, López sostuvo que la magistrada “está diciendo en su decisión que la abogada (Loza) le hizo una mala defensa” y usa eso para aminorar el grado de relación que tuvo con Loza.

“La juez habla de estándares de patrocinio, pero los estándares de la defensa no existen. Ha sido su abogada y punto. Es decir, está reconociendo que sí fue su abogada. Incluso ello es falta de imparcialidad para la defensa de Keiko Fujimori”, indicó.

Mencionó que el Tribunal Constitucional ya ha dicho, en diversos fallos, que el juez no solo debe ser imparcial; sino también parecerlo.

López sostuvo que el literal “d” del artículo 53 del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) indica que los jueces deben de inhibirse si en anterior oportunidad intervinieron en el proceso como juez o fiscal.

“Y ella, la jueza Arias, en la página 7 literal d, reconoce que sí ha intervenido de manera circunstancial. Pero aquí no es un tema circunstancial o no, ella ya participó y punto. Por todo esto debía haberse inhibido”, remarcó el abogado.

Opinó que la jueza aplica mal el código al disponer que una Sala Superior revise su decisión, ya que según el numeral 2 del artículo 53 del NCPP, la decisión puede ser revisada “cuando ella acepta la inhibición, pero ella la ha rechazado”.

“Lo que la fiscalía y la defensa de Keiko Fujimori deberían hacer inmediatamente es recusar a la magistrada, es el recurso que procede en este caso”, anotó.

A su turno, el abogado Mario Amoretti sostuvo que la magistrada tuvo que inhibirse “por decoro” puesto que fue la misma defensa legal de Fujimori Higuchi se lo solicitó.

“Ella ha debido inhibirse sobre todo porque la misma abogada de Keiko Fujimori le dijo, ‘yo he sido tu abogada también y te pido que te apartes’. Entonces hay un casual de inhibición, al menos por decoro debería haberse apartado”, dijo.

Amoretti agregó que Arias no podía haber alegado que no cabía la figura de “inhibición” puesto que los fundamentos para ello son los mismos que una recusación, por tanto debía haberlos aceptado.

“Llama la atención que la magistrada no se inhiba y quiera quedarse con la investigación”, indicó.