El Gobierno estableció que el registro de visitas será publicado de forma digital. (Foto: Andina)
El Gobierno estableció que el registro de visitas será publicado de forma digital. (Foto: Andina)
Redacción EC

El Tribunal Constitucional (TC) dejó sin efecto la ley que prohíbe la publicidad estatal en los medios de comunicación privados, norma que había sido impulsada por el congresista Mauricio Mulder (Apra) y respaldada por Fuerza Popular.

En junio pasado, tras la promulgación de la mencionada ley, el gobierno presentó una demanda de inconstitucionalidad ante el TC. En aquel momento también hizo lo propio la bancada de Peruanos por el Kambio.

Los cinco puntos clave de la demanda del Gobierno son:

1. Falta de debate en el Congreso.

El Ejecutivo considera que no se respetaron las garantías mínimas para un debate adecuado de una norma que limita el ejercicio de libertades fundamentales como lo son la de expresión e información.

Aunque recuerdan que no hay un reglamento explícito que establezca un procedimiento en estos casos, el Gobierno exhorta al TC a que establezca una norma por considerar que una propuesta de este tipo debería pasar obligatoriamente por comisiones especializadas en Constitución y Derechos Humanos y no solo por Transportes y Comunicaciones, como fue el caso.

La falta de debate es el cuestionamiento de forma, pero la inconstitucionalidad en el tema de fondo se relaciona, según la demanda, con la vulneración de derechos que la Carta Magna defiende.

En primer lugar, el Gobierno asegura que la ley vulnera el derecho de toda persona de recibir información, ya que la publicidad estatal es una vía de comunicación entre el Estado y la ciudadanía.

Específicamente, cuestionan el artículo 3 de la ley por establecer una restricción de este tipo sin ofrecer un sustento o justificación suficiente.

3. Obligaciones del Estado y libertad de expresión.

Según el artículo 44 de la Constitución, el Estado debe "garantizar la plena vigencia de los derechos humanos". Pero una ley como la aprobada por el Parlamento, de acuerdo a la demanda, limita la capacidad de cualquier entidad pública de cumplir a cabalidad esta labor.

También señalan que hay una vulneración indirecta a la libertad de expresión, la cual se ve afectada cuando se obstruye la capacidad de ofrecer servicios publicitarios al Estado.

La demanda recuerda que las cortes internacionales protegen a los medios de comunicación, mientras que la norma en cuestión tiene como objetivo plantear una medida en contra de ellas para bloquear su capacidad de recibir fondos públicos lícitos.

4. Contra la igualdad y la libertad de contratación.

Cuando la ley señala que el Estado solo puede difundir información a través de redes sociales (además de medios de comunicación públicos), implica que quienes no tienen acceso a Internet se encuentran en una situación de desventaja, atentando así contra el principio de igualdad en el ejercicio del derecho.

También señalan que la ley 30793 considera los contratos entre medios de comunicación privados y entidades públicas como delito de malversación, pese a que esta actividad no es un acto ilícito, sino parte de la obligación que tiene el Estado de informar al público.

5. Vulnera la legalidad en materia penal.

La Constitución (artículo 2, inciso 24, literal d) señala que nadie será procesado ni condenado por cometer actos que, previamente, no sean calificados como infracciones sancionables. Sobre esto, la Corte IDH se ha pronunciado en el 2016 en un caso peruano para señalar que no se puede considerar como delitos actos que alguien realiza por ordenamiento jurídico.

Es decir: el Estado no debería poder ser sancionado por garantizar el derecho de las personas a ser informadas a través de publicidad estatal, algo que la ley en cuestión, en su artículo 3, califica como "delito de malversación".

- Bonus track: Comparación con la demanda de la bancada PPK.

Peruanos por el Kambio presentó, así como el Gobierno, una demanda de inconstitucionalidad con la firma del 25% de congresistas (33 parlamentarios). Este documento coincide con el Gobierno en aspectos básicos como la violación del trámite legislativo adecuado y de derechos como el acceso a la información.

Sin embargo, la iniciativa legislativa también incluye una vulneración al derecho a la participación política al considerar que la información vía publicidad estatal es necesaria para que las personas puedan controlar y criticar la actuación de sus autoridades.

Asimismo, la bancada PPK considera entre sus argumentos la existencia de una norma previa (la Ley N°28874) del 2006 que regular la publicidad estatal sin violar principios constitucionales.

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