Cuando se habla de Indecopi, lo primero que uno tiene presente es la defensa del consumidor. Sin embargo, la entidad tiene a cargo también la promoción de la competencia y la protección de la propiedad intelectual. Con el fin de revisar los avances y pendientes de esta institución, conversamos con Ivo Gagliuffi, presidente de su Consejo Directivo.
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Empecemos con protección al consumidor, ¿qué destacaría este año?Algo que marcó un poco el año fue el decreto legislativo promovido por Indecopi que buscó cambiar la regla vinculada con las ofertas invasivas telefónicas, por mensaje de texto, etc., al consumidor. Te pueden llamar, no hay ningún problema, pero si no quieres te inscribes en el registro “Gracias, no insista” de Indecopi. Lo que vimos es que se produjo en la práctica un exceso en ese tema, muchos proveedores llamaban en horarios incluso que estaban prohibidos por la ley. Así que lo que se hizo fue proponer la inversión de la regla; en otras palabras, no te pueden llamar salvo que el consumidor te dé la autorización; si me quieres llamar, pídeme autorización. Eso está alineado con una ley que ya existía previamente hace más de cinco años, que es la Ley de Protección de Datos Personales. En ella se establece claramente que cualquier contacto con un consumidor o usuario depende obligatoriamente de su autorización previa. Si no se la das, no te pueden volver a llamar.
Paralelamente, hemos lanzado el WhatsApp “No Insista”, para que aquellas personas que estén recibiendo este tipo de llamadas o mensajes de texto puedan hacer captura de pantalla o reenvío de los números con los mensajes que reciben al WhatsApp del Indecopi. Solo en las primeras tres semanas hemos recibido mil reportes. ¿Para qué? Para incluirlos como indicios o pruebas directas de que se estarían infringiendo estos derechos.
Otro tema es que el Indecopi ha emitido hace dos semanas un informe de la gerencia de Estudios Económicos que ha medido el impacto económico del ahorro generado como consecuencia del Decreto Legislativo 1308, de diciembre de 2016, que modifica el Código de Consumo. En temas de protección al consumidor, el discurso que se había planteado en la práctica era el de la denuncia automática, es decir que ante cualquier problema con el proveedor se denunciaba a Indecopi. El 1308 lo que logró fue promover la autocomposición con dos soluciones: conciliaciones y eliminación de una instancia. Había una tercera instancia, que era el Tribunal. Pero en casi el 92% de los casos eran confirmadas por la sala, es decir eran declaradas infundadas o improcedentes las revisiones. Se ahorraron S/31,5 millones en un año, de los cuales S/28 millones son ahorros en costos legales y multas que se ahorran si es que se allanan.
En temas específicos, la posibilidad de que alguien vaya a un cine con alimentos adquiridos previamente en otro lugar, la denominada “Ley canchita”, se aplica en solo dos cadenas. ¿En algún momento se aplicará al resto de cadenas o de cines?En este caso, entiendo yo, Aspec –como asociación de consumidores– denunció a esas dos cadenas; por eso, el pronunciamiento abarca únicamente a ellas dos. No sé si es que finalmente la comisión o alguno de los ejecutivos de oficio inicie algún caso contra las demás.
Aunque todavía no se ha aprobado la ley, algunos estacionamientos ya están aplicando el cobro por minuto, pero subiendo la tarifa por hora. ¿Qué opina Indecopi?Cuando se presentó este proyecto, Indecopi emitió una opinión donde advertía que el proyecto carecía de suficiente data empírica que permitiría confirmar que la metodología que estaban planteando de cobro por minuto fuese la más adecuada. Por otro lado, dejaba constancia de que eso podría ser considerado como una afectación a la libertad de las empresas para el ingreso de sus actividades económicas. Cuando finalmente se aprueba la ley en el Pleno y es remitida por el Congreso al Ejecutivo, el Poder Ejecutivo ha observado la autógrafa y ha dejado constancia, coincidiendo con la institución, de que sería una ley que carecería aún de una medición de impacto adecuada y un sustento de por qué este tipo de cobro por minuto podría ser preferible a un cobro por hora. Entiendo que el presidente de la comisión de Defensa del Consumidor, que es Miguel Ángel Elías, ha informado que no van a aprobarla por insistencia, sino que van a revisar las observaciones del Ejecutivo para reevaluar su posición.
Algo que ha dado varias vueltas es la legislación sobre alimentación saludable. ¿Qué espera en los próximos meses al respecto?La legislación sobre alimentación viene de algunos años y algunas de sus normas están vigentes. Hay otras, que son los artículos 8 y 10, vinculados principalmente con la publicidad de alimentos dirigidos a niños y también de sistemas que se tienen que consignar en los rotulados, advirtiendo acerca del alto o no contenido de los productos en sodio, azúcar, etc. La real vigencia de esos artículos, que sería en las próximas semanas, va a implicar que el Indecopi tenga que hacer cumplir la ley y, por lo tanto, activamente en un monitoreo de oficio por parte de la comisión de Competencia desleal y de la comisión de protección al consumidor, para ver si se está cumpliendo con esa ley.Hay un segundo tema que está vinculado con el reglamento de los octógonos. El plazo que se ha establecido en el reglamento es que a partir de junio del 2019 ya sería exigible que todos los productos contengan este rotulado. Este es un tema que está manejando como ente rector el Ministerio de Salud.
En países desarrollados, los restaurantes indican saborizantes, preservantes, el azúcar que los platos puedan contener. ¿Hay algo así que se piense hacer a nivel local?Que yo tenga conocimiento, no. Lo cierto es que la Ley de Alimentación Saludable abarcaba cuando estaba en proyecto tanto alimentos industrializados como alimentos, digamos, caseros o artesanales. Pero se restringió finalmente únicamente a los productos industriales. Desconozco el motivo exactamente, imagino que porque los productos industriales son de mejor trazabilidad, tienen estándares y normas técnicas y por lo tanto es mucho más objetivo su seguimiento.
Lo que sí hemos visto es un proyecto de ley a nivel de la comisión de defensa del consumidor, proponiendo que en los restaurantes de cadenas de comida rápida se informe acerca de los contenidos de sodio o de azúcares.
Vivimos en un país donde se puede pensar en casos de industrias poco competitivas, ¿qué podría destacar en defensa de la competencia a lo largo de este año?Primero, hemos querido evaluar qué tan competitiva es la agencia de promoción de competencia en el Perú. Para eso, lo que consideramos conveniente fue plantearle a la OCDE que nos haga un ‘peer review’, es decir, un examen entre pares. ¿Qué es lo bueno? Número uno, el Perú en materia de competencia está muy bien alineado con las mejores prácticas. Lo segundo positivo es que hay una agencia de competencia muy respetada tanto a nivel doméstico, como internacionalmente entre los pares. Lo tercero es que ha hecho muy buenos trabajos contra carteles. Y lo cuarto es que se han hecho muy buenas abogacías de la competencia, es decir, informes sobre determinados mercados que no sean competitivos, pero no por una posición de abuso, sino porque las leyes o la propia estructura de mercado genera poca competencia. Por ejemplo, la última abogacía ha sido en el mercado de placas vehiculares, donde se propone que se abra la competencia para que quienes otorgan las placas vehiculares no sean un solo concesionario. No hay una colusión, no hay un abuso, pero la ley o la estructura de la concesión está reduciendo la competencia.
Un detalle final en lo positivo, del que estamos superorgullosos, es que la OCDE ha considerado al sistema de eliminación de barreras burocráticas peruano –que dicho sea de paso, es único en el mundo– como una herramienta de competencia interesante para ser aplicada por otros países, porque sirve para eliminar barreras de entrada. La OCDE, no es un tema negativo ni feo, considera que hay oportunidades de mejora. La primera, está faltando un mayor presupuesto. Segundo, OCDE considera que Indecopi ha trabajado mucho en carteles, pero que le ha faltado más casos de abuso de posición de dominio. Han habido, sí, casos vinculados con salud: el caso del oxígeno medicinal y el caso de las clínicas de hemodiálisis. Y lo otro es que el Perú no tiene un control de fusiones.
En temas de competencia, ¿qué opina del mercado aerocomercial?Hubo una solicitud de insolvencia, un pedido de parte de un acreedor para que se inicie un procedimiento de insolvencia o un proceso concursal. En la práctica se está convocando a todos los acreedores de la compañía (LC Perú) para que presenten su solicitud de reconocimiento de créditos y se conforme la junta de acreedores. Esta va a tomar la decisión si es que se inicia un proceso de reestructuración patrimonial o si optan por una disolución o liquidación.
Respecto a la competencia en el mercado aeronáutico, por lo que he visto esto genera un espacio importante para que otras aerolíneas aprovechen esa cuota de mercado. La impresión que tenemos nosotros es que el mercado potencial es bien competitivo, hay mucha pugna por captar las cuotas que se puedan quedar fuera y sobre todo porque ahora tienes una visión “low cost”, la que precisamente va a tratar de marcar precios bajos y capturar las cuotas sueltas. Vamos a ver cómo se desarrolla el mercado en la práctica, Indecopi siempre está atento.