La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso aprobó el dictamen que busca reducir el pago del Impuesto a la Renta (IR) de cuarta y quinta categoría de los trabajadores formales a través de la incorporación de siete gastos a la lista de conceptos deducibles del referido impuesto. El proyecto legislativo fue propuesto por Rosangella Barbarán, parlamentaria por Fuerza Popular.
Actualmente los contribuyentes de ambas categorías pueden deducir hasta 3 UIT (S/15.450) del IR por sus gastos en restaurantes, bares, hoteles, alquiler de inmuebles, aportaciones a EsSalud por trabajadores del hogar, servicios profesionales y oficios. El proyecto de ley añadiría a esta lista a los gastos en educación del contribuyente y de sus hijos hasta los 22 años (se reduce el 50%); los aportes mensuales obligatorios a las AFP y ONP (50%); los gastos en salud del contribuyente, su cónyuge y sus hijos, exceptuando la medicina estética (40%); los gastos por intereses de créditos hipotecarios para la compra de una primera vivienda (70%); los gastos por alimentos que se acrediten con boleta electrónica (30%); los gastos por pensión de alimentos (70%); los gastos por pasajes aéreos o terrestres al interior del país (50%) y los gastos por servicios veterinarios (40%).
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A pesar de que no recibió una opinión positiva o negativa del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la iniciativa fue aprobada con 12 votos a favor, siete en contra y una abstención. La norma deberá ser debatida en el Pleno.
“Serán alrededor de un millón los trabajadores beneficiados. Habrá un impacto [en los ingresos fiscales], pero ello se recuperará en el mediano plazo con la mayor formalización, al impulsar el pedir comprobantes de pago”, sostuvo Rosángella Barbarán, congresista de Fuerza Popular y autora de la propuesta.
Para Luis Miguel Castilla, exministro de Economía y Finanzas, la norma afectaría a la recaudación en un contexto donde el Poder Ejecutivo busca impulsar los ingresos fiscales permanentes y, por el contrario, no necesariamente ampliaría la base contribuyente.
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“Lo que está haciendo la medida es aumentar el nivel de inafectación del IR. No hay ninguna justificación porque el IR es un impuesto progresivo por definición. A mayor renta mayor pago de impuestos. Con esto, si hoy el 80% de personas naturales no pagan el IR, puede ser posible que a futuro se eleve al 90%”, indicó.
En ese sentido, señaló que el MEF sí realizó un informe técnico respecto a la ley, concluyendo que tendría una afectación anual de alrededor de S/1.500 millones. A pesar de esto, no emitieron una opinión oficial sobre el dictamen. Cuestionó, además, que el parlamento no contaría con las facultades de legislar sobre el IR si no tiene participación del ministerio.
“La propia Constitución te dice que el Congreso no tiene iniciativa de gasto, que el Congreso solo puede hacer cambios a la política tributaria solo por solicitud del Ejecutivo. Tanto el Congreso como el MEF están claudicando su rol de definir cambios tributarios que atentan contra la política hacendaria del país”, agregó.
Caminos
Para Carlos Moreano, Director del área de Impuestos y Comercio Internacional del estudio PPU, la iniciativa es positiva, porque busca impulsar que las empresas emitan comprobantes de pago, lo que les exigirá formalidad. Sin embargo, señaló que no todas las deducciones propuestas son acertadas, principalmente la referida a los aportes de las AFP.
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“En salud, educación, pasajes y préstamos hipotecarios está bien el proyecto, son cambios positivos. Pero en el caso de los aportes de AFP y gastos de veterinaria es discutible. La AFP es una inversión, da rédito a futuro, por lo que no debería considerarse en rigor como un gasto, mientras que los gastos veterinarios podrían considerarse como superfluos. Son temas que todavía pueden analizarse después”, señaló.
Al ser consultado sobre si el dictamen influye negativamente a la recaudación y sobre las dudas respecto al incremento de la base tributaria, respondió que el incremento de los ingresos deben darse como parte de una serie de medidas legales, no solo considerando un incentivo como este.
“No necesariamente se va a aumentar la base, porque en el Perú previamente se intentó dar incentivos parecidos y la informalidad no disminuyó. Es complicado luchar contra ellos y para ese fin se necesita de un trabajo integral de varios elementos legislativos, un incentivo como este no es suficiente”, remarcó.
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En el mismo sentido, Klever Espinoza, socio del estudio KERZ, coincidió en que la norma es positiva, ya que no deberían verse los objetos de deducción como beneficios, sino como derechos del contribuyente.
“Lo que debería ocurrir es que las personas naturales deberíamos tener derecho a tributar de acuerdo a nuestra capacidad contributiva. Eso implica que tributemos con la misma proporción a la renta que recibimos”, resaltó.
Asimismo, indicó que la medida, aunque incluye deducciones al IR, no eleva el tope de deducción de 3 UIT anuales, por lo que no se modifican los límites que ya preveía la ley.
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“Este tipo de medidas no garantiza que se incrementará la base, porque son descuentos limitados en comparación a la informalidad del país. Pero si amplías el abanico de deducciones, sin modificar el límite de 3 UIT, el descuento máximo que se deja de recaudar es el mismo que hoy está en la ley. Sería distinto si la norma modificara el límite de deducciones y lo elevara”, concluyó.
Para Castilla las nuevas deducciones no tendrían razón de ser, pues el referido tope de 3 UIT ya se considera como un método para justificar los gastos de alimentación y escolaridad.
“La propuesta va en contra de cualquier política tributaria normal. La inafectación son 7 UIT, pero la justificación para los primeros 3 UIT es que se deducen para cubrir gastos de alimentos y de escolaridad. Ya la justificación es bastante generosa y mucho más alta, de lejos, que los países de la OCDE. Por ejemplo, duplica el nivel de inafectación de Chile en términos de PBI per cápita”, advirtió.
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