Con motivo de Fiestas Patrias muchas personas optan por viajar, por eso Indecopi recordó, a todos los pasajeros, que sin importar la modalidad del transporte tienen el derecho de endosar o transferir a otra persona sus pasajes (solo en el territorio nacional), así como de postergarlos o hacer uso de alguno de los tramos de los pasajes adquiridos. Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Si usted pensaba que no podía transferir su boleto a una tercera persona pues estaba equivocado, según el artículo 66.7 del Código de Protección y Defensa del Consumidor de Indecopi, en el caso del endoso, el consumidor si puede transferir su boleto y solo tendrá que asumir los gastos de emisión del nuevo boleto.
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En el caso de la postergación, usted deberá abonar el saldo del nuevo pasaje al monto que ya pago por el boleto inicial y además tendrá que pagar el costo de la impresión del nuevo boleto. En ambos casos,el consumidor debe hacer los trámites con una anticipación no menor a 24 horas de la fecha y hora prevista para el viaje.
En tanto, para el caso puntual de los pasajes vendidos con la modalidad de tramos múltiples (round trip), que suele aplicarse en el transporte aéreo, el Código resalta que el consumidor que no hiciera uso, por ejemplo, del primer tramo, mantiene su derecho a usar los tramos siguientes.
Asimismo, Indecopi recordo que los proveedores que incumplan con lo indicado en el Código, en vulneración a los derechos de los consumidores, podrían afrontar procedimientos administrativos y sufrir una sanción con multas de hasta 450 unidades impositivas tributarias.