El Poder Ejecutivo oficializó hoy la creación del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada, encargado en promover y desarrollar Asociaciones Público Privadas (APP) y cuyo reglamento deberá estar listo en un plazo no mayor a 60 días, gracias a las facultades legislativas, en materia económica y administrativa otorgadas por el Congreso.Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
El decreto legislativo N° 1224, publicado hoy en el suplemento de Normas Legales del diario “El Peruano”, establece los principios, normas, procedimientos y lineamientos técnicos para promover, fomentar y agilizar la inversión privada a fin de contribuir con la dinamización de la economía y la generación de empleo.
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Tal como lo había anunciado hace unos meses el ministro de Economía y Finanzas (MEF), Alonso Segura, la idea de lanzar este decreto legislativo era modernizar y reducir la incidencia en la demora de la ejecución de proyectos.
“Resulta indispensable contar con un marco normativo unificado para la promoción de la inversión privada en el país mediante asociaciones público privadas y proyectos en activos con la finalidad de contribuir a la dinamización de la economía nacional, la generación de empleo productivo y la competitividad en el país”, precisa el decreto.
Así, el decreto establece que el MEF será el ente rector del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada, ente que estará integrado por los los ministerios y organismos públicos del gobierno nacional, Pro Inversión, los gobiernos regionales y locales.
En ese sentido, serán los ministerios titutlares de las iniciativas y los gobiernos regionales y locales los que identificarán, priorizarán y formularán los proyectos a ser ejecutados, que podrán encargarlos a Pro Inversión para elaborar los estudios que correspondan, y suscribir los contratos derivados de las modalidades reguladas en el decreto, así como gestionar, administrar y modificar los contratos.
Para ello, estas instituciones deberán asignar estas funciones al comité de inversiones, organismo promotor de la inversión privada. El viceministro, el consejo regional y el consejo municipal ejercen las funciones del consejo directivo de Pro Inversión y coordinará con esta instancia. También serán los encargados de elaborar un informe multianual de inversiones en APP.
INICIATIVAS PRIVADAS
“El periodo y los procedimientos de presentación, priorización, formulación y estructuración de las iniciativas privadas son establecidas en el Reglamento. Si en 150 días calendarios, nadie se pronuncia, se procederá a la adjudicación directa a favor del proponente de la iniciativa privada”, reza la normativa.
Además, los proyectos que estarán bajo la modalidad de APP no excederán la vigencia de sesenta años , salvo plazos menores establecidos en norma especial.