El Congreso de la República aprobó el dictamen de la ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia, que incluye la propuesta del Ejecutivo sobre esta materia.
Esta norma busca regular un sector poco atendido en el ámbito normativo, como el de las apuestas online y actividades similares. Si bien la autógrafa aún necesita ser promulgada por el Gobierno, en esta nota brindamos detalles sobre los alcances de la nueva ley.
Según el proyecto, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) será la autoridad que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia.
De acuerdo a Claudia Loyola, asociada senior del área de Impuestos y Comercio Internacional del estudio PPU, la cartera exportadora se encuentra facultada para requerir el bloqueo de las direcciones URL, IP, páginas web, aplicaciones informáticas y/o de los medios de pago a las entidades públicas o privadas competentes.
Además, las empresas del rubro deberán solicitar una autorización para la explotación de las plataformas tecnológicas para los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia.
La ley crea el Impuesto a los Juegos y a las apuestas deportivas a distancia, el cual tiene una serie de alcances:
- El contribuyente de este impuesto es la persona jurídica constituida en el Perú, así como las sucursales de empresas constituidas en el exterior que explotan los juegos y/o apuestas deportivas a distancia desarrollados en Plataformas Tecnológicas. Cabe indicar que el Sustento del Texto Sustitutorio incluye a empresas no domiciliadas, pero en la versión publicada como aprobada por el Congreso no se recoge dicha mención expresa.
- El impuesto será declarado mensualmente y determinado aplicando la tasa de 12% sobre el Ingreso Neto Mensual menos el 2% de dicho Ingreso Neto. Este 2% representa el gasto de mantenimiento de la plataforma tecnológica.
- El Ingreso Neto Mensual se determinará deduciendo del monto total de las apuestas percibidas en el mes, el monto de devoluciones y premios entregados en el mismo mes.
- El Impuesto pagado por contribuyentes domiciliados en el país, constituye gasto deducible para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta.
- Las infracciones y sanciones se regulan por lo dispuesto en el Código Tributario.
La medida también incorpora a los juegos y apuestas deportivas a distancia como gravados con el impuesto selectivo al consumo (ISC) con las siguientes reglas:
- El contribuyente es el titular de una autorización para la explotación de plataformas tecnológicas concedida por la autoridad competente.
- La base imponible será el valor de cada apuesta. El ISC se origina en el momento en que se perciba la apuesta
- El ISC se aplicará bajo el sistema Al Valor.
- Los titulares de una autorización para la explotación de plataformas tecnológicas que sean no domiciliados podrán realizar la declaración en moneda nacional o en dólares, de acuerdo con lo que establezca la norma reglamentaria.
- Sin embargo, debemos advertir que, como parte del Sustento del Texto Sustitutorio se especifica que se elimina la aplicación del ISC, lo cual no ha sido recogido por el Proyecto de Ley que fue aprobado.
VIDEO RECOMENDADO
Contenido Sugerido
Contenido GEC