El Gobierno emitió hoy el Decreto de Urgencia Nº 031-2019, el cual contiene algunas modificaciones al Decreto Legislativo N° 1275 que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los gobiernos regionales y gobiernos locales.
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Según la norma publicada este sábado en el diario oficial El Peruano, se ha modificado la definición de de Saldo de Pasivos, a fin de fortalecer el marco de responsabilidad fiscal para los gobiernos regionales y gobiernos locales, para que sea más claro y predecible.
El Decreto Legislativo N° 1275 refiere que el Saldo de Deuda Total de un gobierno regional o gobierno local comprende el Saldo de Pasivos de los Estados de Situación Financiera, la Deuda Exigible con entidades del Estado, y la Deuda Real con las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).
Con la modificatoria del decreto de urgencia, el Saldo de Pasivos ahora comprende todos los pasivos reconocidos y formalizados en los Estados de Situación Financiera de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, excluyendo los ingresos diferidos, obligaciones previsionales, beneficios sociales, provisiones y pasivos derivados de la ejecución de cartas fianza, multas no consentidas y similares.
El Saldo de Pasivos comprende también los que proceden de operaciones diversas garantizadas con flujos de ingresos futuros, con y sin aval del Gobierno Nacional, como los Fideicomisos, Titulización de activos y similares.
Se excluyen también los pasivos derivados de la ejecución de las sentencias judiciales en materia laboral correspondientes a la subespecialidad personal del Magisterio y personal de la Salud.
Informe de Cumplimiento de Reglas Fiscales
En un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir del día siguiente de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicará en su portal institucional la actualización del Informe Anual de Evaluación de Cumplimiento de Reglas Fiscales de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales al 2018.
De corresponder, se actualizará también el listado de gobiernos regionales y gobiernos locales sujetos a medidas correctivas.
Asimismo, el MEF actualizará, de corresponder, los topes máximos de capacidad anual para los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para la emisión de los Certificados de Inversión Pública Regional.