La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi sancionó, en segunda y última instancia administrativa, a trece personas jurídicas y naturales con una multa total de 1.545,15 UIT, equivalente a S/6.489.630, por haber concertado precios del GLP vehicular en varias estaciones de servicios de Chiclayo.
Según reportó Indecopi, los sancionados participaron en diversos acuerdos anticompetitivos que se produjeron entre los meses de diciembre de 2009 y junio de 2014.
Este procedimiento es producto de una investigación de oficio realizada por la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, mediante la cual se efectuaron inspecciones a las empresas involucradas y requerimientos de información.
Con este proceso se recabó múltiples correos electrónicos e información económica de precios.
El análisis integral de dichos elementos permitió que la Comisión de Defensa de la Libre Competencia y la SDC, en segunda instancia, constatara el contexto de coordinación entre los agentes económicos investigados, el alineamiento de sus precios y las diversas comunicaciones.
Estas pruebas evidenciaron la adopción de consensos respecto de los precios que cobraron a los clientes finales.
Cabe señalar que, en calidad de medida correctiva, se estableció que las empresas infractoras deberán implementar un ‘Programa de Cumplimiento’ en materia de libre competencia, por un período de tres años.
Esta medida tiene por finalidad contrarrestar aquellas condiciones que puedan promover o permitir que se generen nuevas conductas anticompetitivas y, de esta forma, reducir el riesgo de futuras contravenciones a las normas que tutelan la libre competencia.