Indecopi sancionó a la aerolínea LAN Perú con 11,1 UIT -equivalentes a unos S/.42.735- por negarse, sin justificación, a que pasajeros aborden sus vuelos a pesar de contar con boletos emitidos y espacios confirmados. Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Así, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó la resolución emitida por la Comisión de Protección al Consumidor de la sede Lima norte. Durante el procedimiento, LAN Perú alegó que no incurrió en infracción alguna ya que la sobre venta o sobre reserva de pasajes en el mercado aéreo no estaba prohibida y era una práctica lícita.
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En tanto, el Indecopi verificó que en el aeropuerto internacional Jorge Chávez, entre los años 2011 y el 2012, seis pasajeros de LAN Perú fueron impedidos de abordar sus vuelos sin razón aparente, pese a contar con los boletos y espacios confirmados, afectando así sus derechos como consumidores.
“En el expediente tampoco se constató que tales pasajeros hubieran aceptado la reprogramación de su vuelo ni la existencia de un hecho fortuito o de fuerza mayor que justifique tal hecho”, anotó el Indecopi en un comunicado.
Por ello, la sala determinó que “sin perjuicio de lo establecido en las normas sectoriales y las políticas de venta o de reserva de pasajes que empleen las aerolíneas, cuando se afecte el derecho de los consumidores mediante una denegatoria injustificada de embarque, la autoridad de consumo puede evaluar y sancionar tal hecho”.
Por su parte, LAN Perú precisó que la Resolución N° 3869-2014/SPC-INDECOPI emitida por la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Indecopi, revoca de manera acertada dos de los tres aspectos que fueron apelados por la compañía durante el procedimiento, reduciendo en cerca de un 80% la multa impuesta inicialmente.
“Si bien la sala ratifica una parte de la resolución emitida en primera instancia, queremos resaltar que nuestra aerolínea cumple a cabalidad con las garantías legales estipuladas en las diversas normas nacionales e internacionales que regulan el servicio de trasporte aéreo, específicamente los supuestos relacionados al embarque de pasajeros. Sirva la ocasión para renovar nuestro compromiso de unir cada vez más y mejor al país por vía aérea y brindarle un servicio de calidad a nuestros millones de pasajeros”, dijo en un comunicado.