El 1 de enero comenzará la vigencia de la Ley 30309, que hasta el 2019 propone una deducción del 175% en el impuesto a la renta para las empresas que inviertan en proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i). Follow @PortafolioECpe!function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Sin embargo, hay algunos vacíos que necesitarán interpretación. Christian Bueno, especialista de la Subdirección de Innovación y Transferencia Tecnológica del Concytec –entidad que le dará el visto bueno a los proyectos–, señala que en la práctica, cuando las empresas postulen y se tengan comentarios de Sunat y otras instituciones, se podrán afinar diversos puntos de la norma.
Por ejemplo, en la ley no se señala si para la deducción se tomará en cuenta cuál es la fuente de financiamiento de los proyectos: ¿solo se podrá deducir del capital propio de la empresa o del que proviene de un fondo estatal como Fincyt?
Otro tema pendiente de revisión es si al realizar una empresa o consorcio un proyecto con más de un centro de investigación es posible que todos estos centros obtengan la deducción también.
Ana Vidal, supervisora de Tax & Legal de la consultora KPMG, dice que es necesario añadir en la norma que en una fiscalización posterior de Sunat, cuando la ley de beneficios ya haya terminado y cuando quede solo el régimen general, se tenga que consultar también con Concytec para que no aparezcan problemas por impuestos que no se pagaron.
“Con la ley se busca un cambio de conducta, que se vea lo beneficioso que es invertir en innovación, y que cuando acabe el incentivo las empresas continúen invirtiendo con el régimen general”.
Hay que tener en cuenta que el Ministerio de Economía ha definido límites máximos de deducción por cada año. En el 2016 todas las deducciones juntas de los proyectos calificados no podrán superar los S/.57,5 millones, y en el 2017 serán S/.114,8 millones.
“No se tiene claro cómo se va consumir ese total, si es, por ejemplo, en el orden en que las empresas califican. Se necesitan precisiones para que esta norma logre todos los impactos que se quieren”, dice Vidal.