Los recursos del Fondo de Estabilización Fiscal (FEF) podrán ser usados hasta por S/.4.293 millones (equivalentes al 0,7% del PBI) este año, como parte de la estrategia integral de financiamiento prevista para el 2015, informó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Ello, luego que el directorio del Fondo de Estabilización Fiscal -compuestos por el titular del MEF, el BCR y un representante de la PCM- se reuniera el 17 de diciembre pasado y autorizara el empleo de esta partida, a fin de apuntar la recuperación gradual de la economía, en un contexto de menores ingresos públicos.
MECANISMO TEMPORAL
Como se sabe, el Fondo de Estabilización Fiscal es una herramienta de uso temporal, que permite evitar ajustes bruscos del gasto público ante una caída de los ingresos fiscales, tal como explica el MEF.
Así, se acumulan los superávit fiscales registrados durante los años de alto crecimiento económico y buenos precios internacionales, para “poder utilizarlos, de forma temporal, en los años de bajo crecimiento y bajos precios de nuestros metales, que conllevan menores ingresos fiscales”.
“El Fondo de Estabilización Fiscal se emplea como una herramienta para la estabilización macroeconómica temporal o para eventos inesperados de caídas de ingresos o desastres naturales”, precisó el ministro Alonso Segura hace unas semanas.
Por ello, según la normatividad vigente, los recursos del Fondo de Estabilización Fiscal pueden ser utilizados bajo tres criterios. El primero, cuando se prevea una disminución de los ingresos públicos por la fuente de financiamiento de recursos ordinarios mayor al 0,3% del PBI respecto del promedio de los últimos tres años, ajustados por cambios en la política tributaria.
El segundo, cuando se den situaciones de excepción como desastres naturales que pongan en riesgo la viabilidad económica del país. Y el tercero, cuando los recursos del Fondo de Estabilización Fiscal excedan el 4% del PBI, exceso que debe destinarse a reducir la deuda pública. En la coyuntura actual, el uso de los recursos del fondo se realiza al amparo del primer criterio, anotó el MEF.