Al menos dos millones y medio de peruanos recibirán hasta el lunes el segundo depósito del año de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Los que superen los cuatros sueldos podrán retirar los excedentes y eso demanda algún trámite previo.Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Primero, el trabajador deberá cursar por escrito a su empleador la decisión de retirar el excedente de su CTS. Algunas empresas ya tienen un formato preestablecido para llenar que entregan a los trabajadores.
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En el lapso de cinco días hábiles, el empleador informará a la entidad financiera el monto que es intangible, correspondiente a los cuatro sueldos que funcionan como una suerte de seguro de desempleo en el país. Hay la opción de que el trabajador mismo lleve su carta al banco.
Luego de ello se liberará el monto de libre disponibilidad.
EN EL CÁLCULOPara determinar el monto intangible se tomará en cuenta la última remuneración del trabajador. Esto quiere decir que si el sueldo es variable, debido a que recibe horas extras o feriados, ese monto subirá y con ello se reduce la disponibilidad de la CTS.
Si la opción es mantener el dinero en la cuenta bancaria, entonces lo más conveniente es que se evalúe qué entidades financieras ofrecen mejores tasas de interés. Previamente, la legislación dictaba el acceso al 70% del excedente de seis sueldos. Desde el Congreso se impulsó que fueran cuatro sueldos intangibles.