El Congreso dio luz verde a la exoneración a las gratificaciones de forma permanente por una aplastante mayoría. ¿Qué significa esto para los trabajadores del sector privado? Pues que el sueldo que recibirán de gratificación en julio y diciembre tendrá un 22% más.Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Como en años anteriores, los colaboradores recibirán un sueldo de gratificación más el 9% que los empleadores dejarán de aportar a Essalud, además del porcentaje correspondiente a las contribuciones a las AFP y ONP, lo que sumaría este 22% adicional.
“El 9% que los empleadores dejen de aportar a Essalud será entregado como una bonificación extraordinaria de carácter temporal, no remunerativo ni pensionable”, explicó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
En el caso de que el trabajador esté afiliado en una Empresa Prestadora de Salud (EPS), esta bonificación extraordinaria será de 6,75% del monto de la gratificación.
RETIRO DE LA CTS
El Congreso también aprobó el acceso al 100% del excedente de cuatro sueldos en la CTS, también de forma permanente. Para saber la cantidad de dinero intangible, se tomará en cuenta la última remuneración del trabajador.
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Los empleadores serán los encargados de comunicar a las entidades financieras este monto. El procedimiento inicia con la comunicación escrita al empleador del deseo de retirar la CTS. Luego, es el empleador el que tendrá cinco días hábiles para informar al banco el mondo intangible (el último sueldo por cuatro).
Empero, el trabajador también puede llevar la comunicación al banco y será esta entidad la que determinará el monto intangible y el exceso que puede retirarse.