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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió una circular que busca promover una mejor atención al público por parte de las empresas que se encuentran bajo su supervisión. En este documento se han considerado aspectos como los reclamos, consultas y requerimientos de información.
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Uno de los puntos señala que las empresas deberán de dar respuesta a las consultas y requerimientos de información en un plazo máximo de 30 días, obligación que antes existía solo para los reclamos. Este plazo podrá prorrogarse previa comunicación al usuario.
Otro aspecto es que las respuestas deberán de ser dadas por escrito o correo electrónico, según lo requiere el usuario. Además, las empresas deberán de habilitar canales para la presentación de reclamos, como la vía telefónica, correo electrónico y página web.
La circular entrará en vigencia el 1 de enero de 2015, con excepción de las disposiciones referidas a los reportes de reclamo que entran en vigencia el 1 de julio de 2015, informo la entidad.