Luego de un año y medio de que Rosario Pajuelo y Pedro Guevara presentaran ante el Tribunal de la Autoridad Nacional de Servicio Civil (Servir) un recurso de impugnación a los resultados del concurso público para la elección de 17 consejeros comerciales del Perú en el extranjero por no haber sido nombrados en el cargo pese a haber ocupado los primeros lugares en el referido proceso, finalmente obtuvieron una respuesta positiva.Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Hoy por la mañana en la página web de Servir se publicaron las resoluciones que le dan la razón a Pajuelo y Guevara y ordena al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) adoptar las medidas necesarias que permitan la designación de los demandantes en el cargo de consejeros comerciales de acuerdo al mérito obtenido en el concurso público llevado a cabo en diciembre del 2013.
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Como se recuerda, en ese momento el Mincetur dijo que no se nombró a Rosario Pajuelo y Pedro Guevara en el cargo al que postulaban porque no cumplían con presentar los documentos originales que sustentaban sus hojas de vida. No obstante, los demandantes, cada uno por separado, argumentaron que ese pedido no estaba en las bases, sino que fue un requisito solicitado por correo electrónico luego de haberse dado a conocer los resultados finales. Esto, según argumentaron, viciaba el proceso porque cambiaban las reglas de juego vulnerándose sus derechos.
EL RESULTADO
En su resolución, la Sala 1 del Tribunal de Servir –la máxima y última instancia en los procesos administrativos y estatales– hace un análisis de los hechos y concluye que el pedido del Mincetur vulneró los derechos de Rosario Pajuelo y Pedro Guevara. Además, señaló que esta cartera fue en contra de lo estipulado en el numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley de Procedimiento General Administrativo en el que se afirma que las copias simples deben de ser aceptadas estén o no certificadas por notarios, funcionarios o servidores públicos y tendrán el mismo valor que los documentos originales.
De acuerdo con el fallo del Tribunal de Servir, si es que el Mincetur sospechaba de la falta de veracidad de los documentos que sustentaban la hoja de vida de los demandantes –que, en el caso de Rosario Pajuelo cumplió labores como consejera comercial del Perú en Francia por más de 10 años, lo cual le otorgaba la experiencia necesaria para ocupar el cargo– pudo haber hecho un control posterior al nombramiento, de tal modo que no se atentaba contra el principio de veracidad de los postulantes.
¿QUÉ PASA CON EL RESTO DE CONSEJEROS?
La sentencia del Tribunal de Servir es muy clara al afirmar que a través de la resolución que ordena el nombramiento de Rosario Pajuelo y de Pedro Guevara como consejeros comerciales no invalida la elección de los otros funcionarios, quienes actuaron de buena fe y actualmente se encuentran en funciones en el exterior.
En otro segmento de la resolución se afirma que si se anulara la elección y nombramiento del resto de consejeros comerciales se atentaría contra la seguridad jurídica y se faltaría el respeto a los derechos y expectativas de los nombrados en buena lid.
¿QUÉ DICE EL MINCETUR?
Este Diario se puso en contacto con el Mincetur para conocer el proceso que seguirá para implementar lo dictado por el Tribunal de Servir, pero nos respondieron que al haber sido notificados recién hoy se encontraban en plena evaluación del documento.
Ahora bien, se debe de recordar que la titular del sector, Magali Silva, manifestó en la Comisión de Comercio Exterior del Congreso, cuando fue citada para que explique el por qué no se nombró a los candidatos que habían obtenido las mejores calificaciones en el proceso, que al estar el proceso en el Tribunal de Servir, el Mincetur acataría la decisión de este organismo.