La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) acaba de implementar la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/, que facilitará la presentación de la Declaración de Renta Anual 2019 a más de un millón de contribuyentes, quienes podrán hacer sus consultas, a través de internet, sobre cómo cumplir con esta obligación y los medios disponibles para hacerlo.
En la web los contribuyentes podrán acceder a los “simuladores” que permiten a las personas naturales realizar los cálculos de las declaraciones que deberán presentar, considerando las rentas de alquileres, rentas de ganancias de capital y rentas personales registradas como profesional independiente o dependiente.
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También se podrá consultar las “demos tutoriales”, que son herramientas de asistencia que orientan sobre el llenado de la declaración, precisando todo el proceso desde la obtención de los formularios para su presentación, el pago, tramitar la devolución, así como solicitar el fraccionamiento respectivo.
Otra de las secciones de este sitio web es la de “preguntas frecuentes”, módulo que contiene las respuestas tipo a las principales consultas recibidas a través de los diferentes canales de atención que tiene Sunat en sus centros de servicios, central de consultas telefónicas y portal institucional conocido como Sunat Virtual.
Asimismo, se podrá revisar las principales normas tributarias emitidas para que el contribuyente pueda preparar su declaración y material audiovisual (videos informativos) en los que se detalla el paso a paso de cómo cumplir con esta importante obligación tributaria.
Finalmente, en el portal sobre Renta 2019 se cuentan con accesos directos al cronograma de vencimientos, los formularios que debe usar en la declaración, un buscador de contenidos que permite ubicar la información que necesite y un convertidor de texto a audio que facilitará la lectura y comprensión de la información.
De acuerdo con el cronograma de vencimientos, establecido según el último digito del RUC de los contribuyentes, las fechas definitivas para cumplir con esta obligación son del 25 de marzo al 8 de abril, pero puede anticiparse a las mismas para evitar retrasos o inconvenientes de último minuto. Para más facilidad la declaración se realiza por Internet.