Más de 15.000 principales contribuyentes estarán obligados a presentar, durante el mes de diciembre, la declaración del beneficiario final ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).
Hace unos días, la entidad publicó la Resolución de Superintendencia N° 185-2019/Sunat, estableciendo la forma, plazo y condiciones para la presentación de dicho documento.
La declaración del beneficiario final se realizará de forma gradual en dos etapas. La primera, lo conformarán las personas jurídicas que sean principales contribuyentes al 30 de noviembre de 2019, que representan el 2,12% del universo de obligados, quienes deberán informar sus beneficiarios finales a dicha fecha.
Para ello, deben considerar como fecha de presentación el cronograma de obligaciones del periodo tributario noviembre de 2019, cuyas fechas vencen entre el 13 y 23 de diciembre de 2019.
La segunda etapa es para las demás personas y entes jurídicos, conforme a la forma y plazo que la Sunat establezca próximamente mediante una nueva resolución de superintendencia.
Las normas del beneficiario final tienen por finalidad combatir la evasión y elusión tributaria, así como garantizar el cumplimiento de las obligaciones de asistencia administrativa mutua en materia tributaria -intercambio de información tributaria y financiera-; y también, coadyuvar en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.