Atención. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que los electores que no acudan a votar este 26 de enero recibirán una multa de S/ 86 soles.
Este monto está estipulado para los que vivan en distritos que no son considerados como pobres. Para aquellos que viven en los llamados pobres no extremos, la multa será de S/43, y en los distritos considerados como pobres extremos será de S/ 21.50. Para los votantes en el extranjero no existe multa.
El voto en el Perú es obligatorio desde el cumplimiento de la mayoría de edad (18 años). Además, no es obligatorio para los ciudadanos mayores de 70 años.
La multa podría incrementarse si además de no acudir a las urnas, el elector es miembro de mesa titular o suplente.
En esos casos, se agregará el monto por omisión al voto, que corresponden a 215 soles.
Video para miembros de mesa
-Multas electorales-
Para conocer si tiene una multa electoral debe ingresar a la página de la ONPE y hacer click al logo de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020.
En este rubro encontrará ‘Multas electorales’ y un símbolo más donde se podrá averiguar si tiene multas. Al ingresar será redireccionado a una página donde deberá colocar su número de documento de identidad e ingresar un código de seguridad. Posteriormente conocerá si tiene algún pago pendiente.
¿Cómo saber si fui elegido miembro de mesa?
1. Ingresa a la página web de la ONPE y automáticamente te aparecerá una ventana que dice “Consulta tu local de votación y si eres miembro de mesa”. Haz clic ahí.
2. Luego aparecerá otra ventana en la que deberás colocar tu número de DNI y el código respectivo. Aquí tendrás 40 segundos para hacer la consulta. Una vez expirado el tiempo, te darán otro código. Tras ello, da clic en “consultar" para saltar a una nueva ventana.
3. En la nueva ventana te indicarán si fuiste elegido miembro de mesa y a la vez tu lugar de votación, número de mesa de sufragio, tipo de voto (convencional o electrónico), número de orden, local de votación, pabellón, piso, aula, croquis de tu local y dirección.
¿Qué pasa si no cancelo mis multas?
Los ciudadanos que no cancelen las multas estarán impedidos de efectuar trámites administrativos, conforme lo estipula la Ley 28859, como no poder inscribir cualquier acto relacionado con su estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.), no poder intervenir en procesos judiciales o administrativos, no poder realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato, no poder ser nombrado funcionario público, no poder inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.
Además, si no pagas tu multa, el JNE puede iniciarte un proceso de cobranza coactiva y embargar tus cuentas bancarias y otros.