El partido Fuerza Popular (FP) volvió a tener un revés ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que declaró infundadas siete apelaciones más referidas a solicitudes de nulidad de actas de la segunda vuelta. El martes, se vieron ocho expedientes, pero uno fue dejado sin efecto por haber sido presentado por el personero legal alterno sin justificación del titular.
Con ello, la agrupación suma 27 apelaciones infundadas y se habrían agotado los casos referidos a temas de fondo que son discutidos en audiencias públicas. Según información del JNE, ahora está pendiente que el pleno resuelva 242 apelaciones sobre aspectos de forma o previamente declarados improcedentes por los distintos jurados electorales especiales (JEE): 200 correspondientes a solicitudes de nulidad presentadas fuera del plazo legal (9 de junio a las 8 p.m.) y 42 impugnaciones por nulidades planteadas a tiempo, pero sin la presentación del pago de la tasa requerido.
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Como adelantó El Comercio en la víspera, el pleno del JNE podría determinar no realizar audiencias públicas sobre esos 242 casos por ser temas de forma. Precisamente, al cierre de esta edición, no se habían convocado nuevas audiencias y el tribunal electoral aún no delineaba el camino por seguir.
Según conoció este Diario, en el equipo legal de Fuerza Popular se prevé presentar hoy pedidos de uso de la palabra para los expedientes pendientes a fin de que haya audiencias. Si se rechazan esos requerimientos, “el tema está por terminar”, señalaron las fuentes consultadas. “El jurado tendría la obligación de conceder el uso de la palabra por el principio de pluralidad de instancias consagrado en la Constitución”, agregaron y apuntaron que también está el derecho de defensa.
Respecto a las solicitudes de nulidad extemporáneas, el experto en derecho electoral José Tello explicó que el JNE podría ratificar las improcedencias a través de un auto o pronunciamiento, que es referido a un tema de forma. “Podrían sacar un auto y decir que es improcedente de plano y en bloque, con todo el paquete completo”, acotó.
En opinión de Jorge Jáuregui, también especialista en derecho electoral, las apelaciones por solicitudes de nulidad declaradas improcedentes también tendrían que ser vistas en audiencia pública. Pero refirió que “hay que respetar lo que diga el jurado, que es última instancia”.
En tanto, Julio Silva, experto en temas electorales, recordó que hay antecedentes en los que el JNE resolvió casos similares, en comicios del 2016 y 2018, sin audiencia: no se pronunciaron sobre el fondo al circunscribirse la controversia en el incumplimiento de un requisito de carácter formal.
Apelaciones infundadas
En las siete apelaciones de FP declaradas infundadas el martes, el JNE resolvió remitir los actuados al Ministerio Público. La mayoría del pleno se refirió a argumentos ya esbozados para los otros 20 casos de resolución similar, enmarcados principalmente en la presunta falsificación de firmas de miembros de mesa.
Entre ellos están la oposición a requerir información a Reniec o listas de electores a la ONPE por significar el inicio de una etapa probatoria no establecida para procesos electorales, que la disimilitud de firmas no implica que sean falsificadas, que quien presenta el pedido de nulidad debe acreditarlo de forma eficaz, que si hay sospecha de falsificación sería un ilícito penal que compete a otros organismos o que un informe pericial de parte no es determinante para comprobar la falsificación o suplantación de un miembro de mesa.
En las dos últimas audiencias, el voto discordante ha sido el del fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza, reemplazante de Luis Arce. En algunos casos, sin embargo, votó para que las apelaciones se declarasen infundadas, como sus colegas, al valorar por ejemplo que el JEE de Huancavelica haya establecido que firmas cuestionadas, finalmente, sí eran similares.