En los últimos días, se pudo conocer que personal de la clínica Javier Prado exigió que un menor atropellado presente su documento de identidad para ser auxiliado. Según trascendió, el herido necesitaba de manera inmediata atención médica en el área de emergencias, la cual se habría dilatado debido a este tema administrativo.
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A propósito de este lamentable caso, El Comercio recorrió al menos cinco clínicas de Lima ubicadas cerca de avenidas principales y zonas con alta carga peatonal y vehicular para comprobar qué tipo de información se les brinda a los pacientes durante su paso por emergencias u hospitalización.
Todos los establecimientos privados del Cercado de Lima, San Isidro, Miraflores y San Borja coincidieron en que no restringen la atención a los pacientes que necesitan servicios de urgencia ante accidentes de tránsito o alguna otra eventualidad y, señalaron que para la hospitalización o traslado de pacientes se toma en cuenta la disponibilidad de los servicios médicos, las evaluaciones hechas por el personal de salud y el pago de garantías por las atenciones y exámenes que se brinden.
En esta nota, además, te damos toda la información que debes tomar en cuenta si alguna vez tienes que enfrentar este tipo de situaciones.
1. Atención inmediata
Eduardo Morón, presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Aspeseg) detalló a El Comercio que la Ley General de Salud del Minsa contempla la atención inmediata de los pacientes que requieran servicios médicos con urgencia ya sea en un establecimiento público o privado. “Esta atención no debe exigir ninguna verificación de datos o de otra información. Este es un tema de emergencias ante cualquier riesgo en el que se tenga en peligro la vida de una persona”, acotó.
Además, el especialista acotó que Aspeseg no se han registrado casos de este tipo y señaló que se mantiene una constante comunicación con las empresas aseguradoras con la finalidad de que puedan brindar una atención oportuna y de calidad a los pacientes.
2. Trámites administrativos
El especialista también detalló que en el caso de accidentes de tránsito y coberturas por concepto de SOAT los trámites administrativos como el monto asignado para la cobertura o las cartas de garantías en favor de los heridos son procedimientos que se activan de manera automática con la finalidad de evitar perjudicar la salud del agraviado. “La atención no puede condicionarse a nada. En estos casos prima la necesidad de las personas y de sus familiares”, resaltó.
Vale indicar que de acuerdo a la normativa peruana, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) tiene cinco tipos de cobertura. Estas son por muerte que es hasta por 4 UIT (S/ 17.600), por invalidez permanente hasta 4 UIT (S/ 17.600), por gastos de curación hasta 5 UIT (S/ 22.000), por incapacidad temporal hasta 1 UIT (S/ 4.400) y por gastos de sepelio hasta 1 UIT (S/ 4.400).
3. Sanciones
Desde la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), se señaló que el estado de emergencia sanitaria debido a la pandemia del coronavirus, “no es motivo de excepción al cumplimiento la Ley N° 27604, que modifica la Ley General de Salud N° 26842, respecto a las obligaciones de los establecimientos de salud de dar atención médica en casos de emergencia”.
En caso de que los establecimientos públicos o privados no atiendan adecuadamente por el área de emergencias, esta entidad podrá iniciar un proceso de investigación y sancionar o amonestar de acuerdo al nivel de responsabilidad que se encuentre.
“Las sanciones van desde una amonestación hasta una multa de 500 UIT en los casos más graves, equivalente a S/ 2′200,000 (Dos millones doscientos mil) conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo 031-2014-SA”, informaron.
En el caso de la Clínica Javier Prado, se informó que Susalud ha pedido los videos de seguridad para esclarecer lo ocurrido en el establecimiento privado, asimismo, se dijo que se mantiene comunicación constante con la familia del menor agraviado y con el personal médico.
4. Reclamos o denuncias
Cuando pacientes o familiares tengan alguna consulta o consideren que no son atendidos de manera adecuada pueden acudir a Susalud a través de: redes sociales Facebook y Twitter, descargando la App SUSALUD CONTIGO, o enviando un correo a mesadepartesvirtual@susalud.gob.pe.
Es importante conocer que la consulta o denuncia debe ser lo más detallada posible y se debe indicar algunos datos como fechas o lugares. Asimismo, se debe incluir datos personales como nombres completos, teléfono de contacto y correo electrónico para que se haga un contacto dentro de las 24 horas después de haber hecho el reclamo o la denuncia.