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Las personas que posean armas de fuego contarán con una licencia única que tendrá una vigencia de tres años, así como tarjetas de propiedad por cada arma que se posea con un máximo de tres.
Así lo establece la Ley de armas de fuego que fue publicada hoy en el diario oficial El Peruano. La norma aprobada en diciembre pasado por el Congreso de la República entrará en vigencia a partir de la publicación de su reglamentación.
CONTROLUna forma de control que establece la nueva ley se refiere a un registro de personas inhabilitadas para obtener armas. Este serán incluidos quienes tengan antecedentes penales históricos, antecedentes de violencia familiar y aquellos que hayan cometido faltas contra el patrimonio. Por lo tanto, no obtendrán sus licencias.
Asimismo, solo los titulares o representantes legales podrán adquirir municiones para armas de fuego de defensa personal, caza, deporte, tipo recreativo y colección. Ello previa presentación de la licencia y tarjeta de propiedad correspondiente en establecimientos autorizados por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec).
En tanto, quedó establecido en 600 cartuchos el límite de municiones a adquirir mensualmente en la modalidad de armas de defensa personal. La misma restricción se da en el caso de armas particulares para miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
SANCIONESEntre las sanciones al incumplimiento de las disposiciones se encuentra el decomiso de las armas de fuego con respectiva denuncia penal ante el Ministerio Público; la suspensión de la licencia -de 30 a 80 días calendario-; y multas de hasta 1 millón 925 mil soles.
En caso de pérdida o robo de las armas, el titular o representante legal debe comunicar el hecho a la Sucamec dentro de las 48 horas de producido. La omisión será sancionada de acuerdo al reglamento. Pero si la entidad señalada se entera por terceros, también habrá multa.
ENTREGA VOLUNTARIACuando entre en vigencia la ley, habrá un plazo de dos años para promover la entrega voluntaria y anónima de armas de fuego, municiones y materiales relacionados que no cuenten con ningún registro, lo que se podrá hacer a cambio de un incentivo económico o en especie. Además, se promoverá el empadronamiento de armas no registradas.
CONTROL DE EXPLOSIVOSLa norma también facilita la comercialización de explosivos y los hace más accesibles a empresas a fin de promover las inversiones en minería e infraestructura a nivel nacional.
En esa línea, se permite que personas naturales y jurídicas puedan vender explosivos y materiales relacionados, pero la Sucamec ejercerá el control.