“Creo que el crimen no es inevitable. No es como la muerte o los impuestos, que siempre estarán con nosotros… Veamos si podemos idear medidas para disminuir las tasas de criminalidad”. Esta cita del premio Nobel de Economía Gary Becker parte de la aplicación de la teoría económica convencional a todo tipo de actividades, incluidas las ilegales. Según Becker, antes de delinquir, las personas analizan los beneficios y costos de quebrantar la ley: la recompensa económica, las probabilidades de ser capturadas y la sanción que enfrentan de hacerlo.
El sicariato es desde el 27 de julio último un delito autónomo en el Código Penal. Se sanciona con una pena no menor a 25 años de cárcel –y hasta con cadena perpetua– a quien mate por encargo y a quienes ordenen o actúen como intermediarios para cometer un asesinato.
#Sicariato será sancionado con pena mínima de 25 años de cárcel. Detalles de la norma ► http://t.co/JhvV5lIIaV pic.twitter.com/TwocdlQdHt— El Comercio (@elcomercio) julio 27, 2015
Antes de la modificación legal, el sicariato era procesado como homicidio por lucro, con una pena no menor de 15 años. La nueva pena aumenta los costos de la opción de cometer este delito para quienes lo estén considerando.
No obstante, la norma debe ir acompañada por políticas complementarias para disuadir al eventual sicario. Ello implica aumentar las posibilidades de captura por este delito, con inteligencia policial dedicada y especialización de los agentes. El decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Mario Amoretti, abogado penalista, incluso considera necesaria la creación de un escuadrón policial para luchar contra este delito.
HECHA LA LEY
Al enmarcarse en la lucha integral contra la inseguridad, el combate al sicariato debe librarse en varios frentes, lo que precisa optimizar la coordinación entre el Ministerio del Interior, el Ministerio Público y el Poder Judicial. La policía se queja de que la fiscalía no investiga eficazmente o de que los jueces absuelven a delincuentes capturados; la fiscalía y el Poder Judicial se quejan también de una labor policial ineficiente. Entre sí, las instituciones no manejan cifras unificadas del delito.
A la luz de ello, la comunicación entre estas instituciones será la clave para que los sicarios detenidos no busquen penas menores al ser procesados por el delito de homicidio por lucro. Para Amoretti, habrá un dilema al momento de sancionar, pues no hay una clara diferencia entre ambos ilícitos. El letrado explica que el sicariato ya se sancionaba desde 1924 como homicidio calificado: “Las leyes no son el problema, sino que no existe un grupo de agentes especializados como sí lo había en la época del terrorismo”.
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