Seguir a @sociedad_ECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Si bien el último asalto con la modalidad del 'bujiazo' en la vía expresa de Javier Prado evidencia un grave problema de inseguridad, también ha generado críticas por el débil control de las autoridades para impedir la circulación de motos lineales en las vías de alta velocidad, que se supone está prohibida. No obstante, especialistas en transporte advierten que no existe una norma explícita al respecto.
► Vía expresa de Javier Prado: 17 robos con 'bujiazo' este año
El artículo 157 del Reglamento Nacional de Tránsito, modificado en el 2009, establece la prohibición, pero solo para vehículos menores motorizados que presten servicio de transporte público; es decir, vehículos de tres ruedas como las mototaxis.
-
“La norma establece con puntualidad la prohibición para los vehículos de transporte público como las mototaxis y una moto lineal no necesariamente presta servicio de transporte público. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) debe corregir urgentemente”, sostuvo a El Comercio el abogado Paul Concha.
El experto Lino de La Barrera indicó a este Diario que en la avenida Javier Prado no existe ninguna señalización de prohibición por lo que es natural que puedan circular por ahí sin riesgo a cometer alguna infracción.
Por ello, agrega De La Barrera, es necesario poner las normas en orden: “Podríamos proponer una modificación normativa donde se incluya que las motocicletas estén prohibidas de ir por las vías expresas, pero eso debe sustentarse en la peligrosidad que implica circular por una vía rápida, nada tiene que ver con el tema de seguridad pública”.