Este 28 y 29 de julio se celebra en el país las Fiestas Patrias por el Bicentenario del Perú. Durante estas fechas, según informó el poder Ejecutivo, no habrá inmovilización social obligatoria en todo el país, como sucedió el año pasado.
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¿Qué días son feriados no laborables?
Los únicos días feriados de esta semana son el miércoles 28 y jueves 29 de julio por la conmemoración de la independencia del Perú. El día viernes 30 de julio no se considera feriado.
¿Cuánto me deben de pagar si trabajo?
Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el 28 y el 29 de julio sin descanso sustitutorio posterior deben percibir por cada feriado triple remuneración diaria: una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.
¿Cuáles son las restricciones vigentes en Lima y Callao?
El Gobierno indicó que las restricciones vigentes no variarán en estas fechas. Recordemos que la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Claudia Cornejo, indicó que las medidas dependerán del estado en el cuál se encuentren las regiones. “Ya sea moderado, alto, muy alto o en extremo. Esas medidas no han cambiado”, aseguró en conferencia de prensa.
Lima Metropolitana y Callao pasan del nivel de riesgo moderado hasta el próximo 22 de agosto, según informó el Gobierno. De esta manera, la ciudad capital y la provincia constitucional cambiarán las medidas restrictivas, en el contexto de la pandemia del coronavirus (COVID-19).
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El Decreto Supremo 144-2021-PCM en el diario El Peruano, figura que los ciudadanos de la capital, el primer puerto y otros 10 departamentos, tendrán que cumplir la inmovilización social obligatoria nocturna que se prolongará desde la medianoche hasta las 4 de la mañana. Tampoco hay restricción de uso de autos particulares.
En Lima y Callao, los casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas, pueden operar con un aforo de 50 %, lo mismo que los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento y tiendas en general.
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Las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, pueden recibir un aforo de 60 %. El mismo aforo rige para bancos y entidades financieras y para los eventos empresariales y profesionales en espacios cerrados.
Las actividades en espacios abiertos están permitidas sin restricción de aforo, respetando los protocolos de bioseguridad y previa autorización de los gobiernos locales.
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