¿De cuánto es la multa en las Elecciones Argentinas PASO 2O21? La jornada electoral del domingo 12 de setiembre para las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), así como las Generales de noviembre, está dirigida para los ciudadanos mayores de 18 y menores de 70 años, en medio de la pandemia del COVID-19. Por ello, se han tomando medidas para que los comicios se cumplan sin inconvenientes.
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Al ser un momento inusual para el desarrollo de esta obligación cívica, la Cámara Nacional Electoral (CNE) ha dispuesto medidas particulares para que los electores y las autoridades de mesa tengan en claro las reglas de este proceso postergado por la emergencia sanitaria mundial.
¿Quiénes están justificados para no votar? De inmediato, se estipuló que las personas con síntomas o casos sospechosos de coronavirus están excluidos de la obligación de ejercer el voto. Para esto, se deberá presentar un certificado médico respectivo y realizar el procedimiento para justificar la ausencia en las elecciones.
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Mientras que para los jóvenes que tienen entre 16 y 17 años tienen la posibilidad de elegir entre asistir o no a los comicios electores del domingo tanto para las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) o las Generales.
¿QUIÉNES ESTÁN EXCLUIDOS DE VOTAR?
- Las personas que están a más de 500 kilómetros del lugar de votación con un motivo justificable. Tiene que asistir a una comisaría para tramitar el certificado de no voto y cargarlo en la página de la CNE.
- Jueces y auxiliares con oficinas abiertas durante la fecha.
- Enfermos o imposibilitadas por fuerza mayor, justificadas por el servicio de sanidad nacional o médicos oficiales, provinciales, municipales, así como particulares.
- Trabajadores de empresas y organismos de servicios públicos que deben realizar sus responsabilidades y no puedan acudir a los comicios.
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¿DE CUÁNTO ES LA MULTA POR NO VOTAR EN PASO 2021?
Los ciudadanos que no asistan a votar en las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en Argentina, este domingo 12 de setiembre, serán consideradas infractoras y tenderán una multa de 50 pesos. Mientras que, en el caso de las Generales, será de 100 pesos. Además, en ambos casos, los ausentes no podrán realizar trámites o acceder a derechos civiles.
“Se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de setenta 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”, informó el CNE.
Las autoridades también señalaron que las multas se acumularán y se puede llegar hasta más de 500 pesos. Aclararon que, a pesar de no ir a votar en las PASO, sí podrán hacer en las Generales, que también serán obligatorias.
¿QUÉ PASA SI NO CUMPLO COMO AUTORIDAD DE MESA?
La función de la autoridad de mesa es un cargo irrenunciable y solo se podrá justificar la ausencia por razones restrictivas, de enfermedad o de fuerza mayor con su justificación debida a los tres días de recibir el aviso de la designación.
En caso de no cumplir con esta función sin justificación, “se penará con prisión de 6 meses a 2 años a los/as funcionarios/as creados/as por esta ley y a los/as electores/as designados/as para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o en caso de hacer hicieran abandono de ellas”.
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¿CÓMO TRAMITAR LA JUSTIFICACIÓN DE LA NO EMISIÓN DE VOTO?
Los ciudadanos deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta en la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito o a la Cámara Nacional Electoral, o también se puede ingresar a esta página.