El abogado Luis Domingo Gómez Maldonado, especialista en derecho constitucional y en conflictos armados, se hizo ‘famoso’ la semana pasada tras el anuncio de la Corte Suprema de Justicia de proteger los derechos de Chucho, un oso de anteojos de 23 años que fue trasladado al zoológico de Barranquilla, luego de haber pasado sus últimos 18 años en la reserva de Río Blanco, en Manizales.
-
Lo novedoso de este fallo es que, por primera vez en la historia de Colombia, se incluye el hábeas corpus entre los mecanismos judiciales válidos para proteger los derechos de los animales, considerados seres sintientes y no cosas, como alguna vez se les trató.Fue Gómez quien se apersonó del caso de Chucho e interpuso el hábeas corpus el pasado mes de junio, defendiendo el derecho del oso –una especie vulnerable y en vías de extinción– a vivir en su medioambiente y en las condiciones propicias de su especie, “pues trasladarlo a un zoológico sería “condenarlo a un cautiverio permanente”, sostiene.La decisión ha causado tanto revuelo que los juristas y animalistas no se hicieron esperar. Algunos celebraron el momento histórico, mientras que otros cuestionaron el proceso, al considerar que no es viable equiparar los derechos de los humanos con el de los animales. Chucho procede de la reserva natural La Planada, en Nariño, y llegó a Manizales junto con su hermana Clarita, siendo tan solo un cachorro, en el marco de un programa de repoblamiento del oso andino que lideraba la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas). Los propósitos reproductivos no se pudieron lograr por temas genéticos y porque Clarita murió hace aproximadamente nueve años por un cáncer de cerviz, lo que hizo que Chucho presentara cambios de comportamiento y se volviera más sedentario y depresivo. De ahí que se haya pensado en cambiarlo de entorno para “mejorar su estado de ánimo”. El problema, según explica la sentencia del magistrado Luis Toloso, fue que “no se explicaron los estudios científicos que habrían justificado el traslado del animal. Tampoco se ventilaron las condiciones por las cuales iba a estar confinado, ni si de acuerdo con sus características le resultaba conveniente encontrarse en cautiverio o semicautiverio”.
EL TIEMPO habló con Gómez, quien es profesor de las universidades La Gran Colombia, Manuela Beltrán, Republicana y la Autónoma de Popayán. Tiene 43 años y cinco perros, algunos recogidos de la calle y adoptados. Tal vez por eso su interés en la historia de Chucho, a quien ni siquiera conoce pero defenderá “hasta el final”.
¿Por qué lo motivó el caso de Chucho? Yo acciono porque el oso no puede ser reducido a cautiverio cuando antes se encontraba en un mejor lugar. Le están agravando su condición vital, pasándolo de semicautiverio a cautiverio. Si yo tengo un margen de libertad reconocido y amparado por la ley, ¿por qué me van a condenar a una reducción de ese derecho? Y no lo digo yo, lo dice claramente el artículo 3 de la Ley 1774 de 2016: “El trato a los animales se basa en el respeto, la solidaridad, la compasión, (...) la erradicación del cautiverio y el abandono, así como cualquier forma de abuso, maltrato, violencia y trato cruel”. El oso nunca estuvo en libertad ni en su hábitat natural, ¿por qué dice que le están agravando su condición? Él ha vivido siempre en una condición de semicautiverio. Pero La Planada y Río Blanco son reservas naturales, hábitat propio para ellos. Es natural que el zoológico diga que el mejor lugar para Chucho es estar allá, aunque nunca lo hayan demostrado y defendido en el hábeas corpus. Semicautiverio puede entenderse como un espacio limitado dentro del hábitat propio del animal, mientras que un zoológico es cautiverio lato o confinamiento.¿Qué significa que un animal sea titular de derechos?Significa que hay que asegurarles, como mínimo: que no sufran de hambre ni sed, que no sean objeto de malestar físico ni dolor, que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido, que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés, o que puedan manifestar su comportamiento natural. ¿Será que en un zoológico podrá hacerlo plenamente? Yo no lo dudo mucho. ¿El ‘hábeas corpus’ está equiparando los derechos de animales y personas?Ese es el gran problema: pretender equiparar a los animales racionales con los no racionales, y no es así. Es una discusión filosófica, ética, antropológica, pero además es una discusión fundamentada en la ley, que está escrita, ¿por qué es tan difícil entender eso?Esto no es nuevo. La Corte viene recorriendo un largo camino para amparar los derechos de los seres sintientes. Es el punto intermedio entre ser cosa y persona plena de derechos. ¿Y cuáles derechos se les debe amparar? “Los correspondientes, los justos y convenientes a su especie, rango o grupo”, precisa el magistrado Toloso.¿Por qué no utilizó la consulta popular o tutela? Porque había que intervenir inmediatamente. Llevar a Chucho a cautiverio es atacar la libertad de él, entendida como el derecho a vivir en su hábitat, que durante muchos años fue la reserva natural. Si meto una acción popular, habrán pasado tres años, es un tema de estrategia judicial. Que no exista un mecanismo idóneo para protegerle derechos al animal no significa que el juez deba abstenerse de impartir justicia en el caso concreto. Chucho es un caso emblemático, pero no es el primero, ya había pasado antes en Argentina y Brasil…Así es. El primer caso documentado es el de la chimpancé Suiza, quien vivía en el zoológico de Salvador, en Brasil. Ganó su derecho a vivir en un medio similar a su ambiente natural, pero nunca pudo disfrutar de esa libertad porque un día antes de ser liberada murió envenenada. El segundo es el de la orangután Sandra, de 30 años, que vivía en cautiverio en el zoológico de Buenos Aires, en Argentina. En 2014 ganó en los estrados judiciales, pero no pudo ir al santuario de Sorocaba, en Brasil, por una tuberculosis adquirida en su confinamiento. Y el tercer caso es el de la chimpancé Cecilia, de 20 años, que en enero de 2017 logró que la justicia amparara su derecho. Fue trasladada al santuario de Sorocaba. ¿Cuál es la diferencia entonces? ¿Por qué asombró tanto esta decisión?La diferencia radica en que, desde el año 2016, Colombia tiene una normativa específica que les reconoce la calidad de seres sintientes a los animales, dado que antes formaban parte del denominado grupo de cosas, el mismo escenario al que alguna vez pertenecieron los esclavos.
Por lo tanto, un hábeas corpus no debe sentirse extraño, es la confirmación de la vanguardia en la protección de los derechos reconocidos por el sistema jurídico. ¿O es que acaso estamos esperando a ver a los osos de anteojos únicamente en la moneda de $ 50? Esperaría que no fuera así.
--- El “Osomalismo” por Farah Ajami, directora del zoológico de Barranquilla ---Ayer fue el río Atrato, ahora es el oso Chucho y mañana será un árbol. Y eso está bien. Qué bueno que por fin le estén dando a la naturaleza la importancia que se merece. El problema no son las motivaciones sino la información. El fallo de la Corte Suprema de Justicia, que le concedió un hábeas corpus al oso de anteojos que ahora se encuentra con nosotros, desconoce muchas cosas. Desconoce la historia del oso y la dinámica de los animales en cautiverio. Desconoce que proteger a los animales es muy distinto a concederles el estatus y los derechos propios de los humanos. Desconoce el daño que le hace a la biodiversidad, al generar semejante precedente judicial. Y sirve como combustible para los mal llamados animalistas, quienes no necesitan mucha provocación para tuitear a los cuatro vientos que “cierren los zoológicos”, desde el poco nivel de diálogo y compromiso que implican las redes sociales.Algunas personas piensan queno existen motivos válidos para tener animales en cautiverio. Lo que estas personas no saben es que los animales que habitan en los zoológicos se encuentran bajo cuidados humanos, porque no podrían ser reintroducidos a la naturaleza, ya que la gran mayoría es víctima del tráfico ilegal y ha perdido gran parte de sus comportamientos naturales. El oso Chucho se está adaptando rápidamente a este lugar, está reconociendo el nuevo territorio, ha reaccionado positivamente a la hembra y está siendo acompañado por expertos en nutrición, en veterinaria y comportamiento. Su dieta ahora se basa en frutas, cuando antes era de concentrado para perros. La sentencia está tan mal hecha que ni siquiera dice a dónde hay que trasladarlo porque el animal nunca estuvo en semicautiverio, como pretenden justificar. El animal nació y vivió siempre en cautiverio y no puede ser trasladado a un hábitat silvestre porque se va a morir.Por eso radicamos una acción de tutela contra la decisión de hábeas corpus que tomó la Corte, por considerar que el magistrado actúa alejado del procedimiento establecido por la ley. Dentro 15 días debemos obtener una respuesta.--- “Este fallo es un retroceso para el animal”: Corpocaldas ---El ejemplar nació en cautiverio y jamás ha estado en libertad. Por ende, cuenta con fuertes improntas que no le permiten recuperar las condiciones mínimas necesarias para ser liberado en su medio natural.Respecto a su traslado inmediato del Zoológico de Barranquilla “a una zona que mejor se adecúe a su hábitat, con plenas y dignas condiciones de semicautiverio”, el equipo técnico de Corpocaldas indicó que los osos requieren al menos 12 o 14 mil hectáreas para vivir en su medio natural, así que un semicautiverio para “Chucho” requeriría de unas 100 o 200 hectáreas, una cerca que garantice su permanencia en el área y una significativa cantidad de vegetación que finalmente él terminaría arrasando.Consideramos que dicho fallo es un retroceso para el animal, toda vez que el oso se adaptó perfectamente a las condiciones ambientales del zoológico, tuvo un acercamiento positivo con la hembra y ha asimilado a cabalidad la dieta implementada (rica en frutas y verduras, y en proporciones muy mínimas de concentrado para perros, el cual era su principal alimento en Manizales).Sin embargo y acatando las órdenes establecidas en la sentencia, el próximo martes se llevará a cabo una reunión con los actores involucrados en el proceso, con el objetivo de definir la ubicación del animal, de acuerdo con el fallo de la Corte.Fuente: Un texto de Tatiana Pardo Ibarra - El Tiempo / GDA
LAS ÚLTIMAS NOTICIAS DEL MUNDO
-
Contenido Sugerido
Contenido GEC