Bogotá. La Corte Suprema de Justicia de Colombia divulgó este martes una sentencia que establece que los padres pueden revisar las cuentas en Internet de sus hijos menores de edad para su protección y sin que esto constituya una violación a su intimidad.Seguir a @Mundo_ECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
“Los padres en cumplimiento de la responsabilidad parental, las obligaciones de asistencia y protección, el ejercicio de los deberes de cuidado, acompañamiento y orientación (...), más allá de los límites que fija el derecho a la intimidad, tienen la facultad de acceder a las comunicaciones de las plataformas tecnológicas que los niños, niñas y adolescentes reciben y abordan”, dijo la Corte.La justificación del máximo tribunal es que “no de otro modo, al estar bajo su amparo, pueden verificar el contenido de los mensajes y la clase de personas con las que interactúan a través de tales medios” para, de ser necesario, “prestarles ayuda, auxilio, apoyo y defensa, conforme su cargo les demanda”.La sentencia, de la Sala de Casación Penal, responde a un caso en el que una madre accedió a la cuenta de correo electrónico de su hija e imprimió mensajes que se enviaban la menor de edad y un joven de 18 años, para usarlos en un juicio contra el hombre como pruebas de que coaccionaba a la niña para tener relaciones sexuales.La defensa del hombre pidió a la justicia desestimar esos correos electrónicos como pruebas, argumentando que al obtenerlos -sin que mediara una orden judicial- se había violado la intimidad de la menor.La Corte, en tanto, estimó además que en vista de las labores de protección que deben cumplir los padres es innecesario que “requieran de la autorización de autoridad alguna para acceder a los contenidos e información de los sitios web que los menores frecuentan”.
Fuente: AFP