Nacer siendo un animal en el Perú
Heidi Paiva
“El maltrato animal es un problema de salud pública”.
Fermín era un mestizo de color negro y ojos tristes que no resistió un invierno más en la calle y enfermó de neumonía hasta dejar de moverse. Yo nunca había rescatado un animal, pero observar a este perro dejando de luchar para esperar la muerte en una fría esquina no me permitió ser indiferente. Lo llevé a un albergue pequeño que ya no existe. Curé sus heridas físicas y del alma, y las enfermedades que contrajo durante los años en los que vivió sin hogar. Nunca le dieron una oportunidad, “es muy grande”, “es feo”, “ya está viejo”, decían los potenciales adoptantes mientras él les movía la cola como si se fuera a desarmar. Fermín murió sin conocer una familia, como ocurre con los casi ocho millones de perros y gatos abandonados en el Perú. Animales con historias sacadas de película de terror.
En las últimas semanas, el maltrato animal ha sido noticia en todos los medios de comunicación. Desde el colectivo de derechos animales, vemos con satisfacción que por fin se está aplicando la Ley de Protección y Bienestar Animal 30407 con la rigurosidad que ameritan actos que no debemos normalizar en ninguna circunstancia. Una norma que nos ha costado 12 años de esfuerzos por fin está rindiendo frutos.
¿Son proporcionales las penas impuestas? El enseñamiento con el que Alonso Santa Cruz apuñaló a Dachi por supuesto merece una sanción mayor; sin embargo, esta ley indica pena de cárcel efectiva si el animal pierde la vida. Entonces, que el Poder Judicial haya sentenciado a prisión al agresor, pese a que la perrita sobrevivió, marca un precedente importante que permitirá a las organizaciones de defensa animal pedir lo mismo en casos similares. La anterior ley consideraba el maltrato animal apenas como una falta, mientras que la 30407 considera también delito el abandono, sacrificar a un animal sano o encerrarlo en un techo o patio. Es válido que se pidan penas más drásticas para los agresores de animales, pero ¿qué se está haciendo para lograrlo? No existe suficiente voluntad del Gobierno para actuar porque pareciera que no comprenden la magnitud de la situación. El maltrato animal es un problema de salud pública, no solo porque evidencia que urge atender la salud mental en el país, sino porque la crueldad contra los animales está directamente relacionada al abuso hacia las personas. El FBI la reconoce como delito contra la sociedad desde el 2015, por su posible asociación con crímenes como violencia de género, maltrato infantil o agresiones sexuales. Como vegana, sé que estamos aún lejos de ver a otros animales como seres con intereses de disfrutar de su vida y evitar el dolor; pese a ello, la indignación masiva ante los últimos casos de abuso me hace pensar que hoy es más posible. Proteger a los animales es una demanda que debe ser escuchada.
Señora Dina Boluarte, ¿sabe cuántos delitos estaría previniendo si se trabajara para erradicar el maltrato animal? Es momento de dimensionar este problema en su real medida. Las asociaciones que trabajamos por los derechos animales como el proyecto Libertad estamos plenamente dispuestas a ayudarla en este esfuerzo en el que las políticas públicas sumadas a la educación son la solución que ya ha funcionado en otros lugares. Nunca podremos solos. La pelota está, hoy más que nunca, en su cancha.
Maltrato animal: ¿pena de cárcel efectiva?
Romy Chang
“No creo que el solo hecho de subir las penas nos lleve a buen puerto”.
Lo ocurrido recientemente con un sujeto que apuñaló varias veces a Dachi, una perrita en la Victoria, ha abierto toda una discusión respecto de las sanciones que deben imponerse a quienes maltratan a los animales. Nuestro Código Penal, desde noviembre del 2016, sanciona con una pena de hasta 3 años de cárcel, multa e inhabilitación a quienes abandonan o cometen actos de crueldad contra un animal doméstico o contra un animal silvestre; y con una pena de 3 a 5 años de cárcel, los casos en los que el animalito muere producto de la crueldad infringida.
Por ello, frente a los actos de crueldad realizados contra Dachi, la jueza impuso al responsable una pena de un año y seis meses de cárcel, llamando a todos la atención que dispusiera que la sanción se cumpliera de modo efectivo, es decir, internando al sujeto en un penal y no suspendiendo la ejecución de la pena de cárcel, como comúnmente ocurre en los casos en los que la pena que se impone es menor a los 4 años (figura que está permitida por la ley).
Los defensores de animales han propuesto que las penas por este delito se aumenten para garantizar que quien maltrata a un animal siempre vaya preso; ello en la medida en que no siempre, como ocurrió en el caso de Dachi, el juez a cargo del caso dispondrá la suspensión de la pena. Sin embargo, ¿sería esta realmente la solución al problema? No creo que el solo hecho de subir las penas nos lleve a buen puerto, más aún cuando, a la fecha, ya existe toda una problemática en torno a la proporcionalidad de sanciones en nuestro código penal. Hoy en día, en la medida en que el delito de robo se sanciona con una pena de cárcel más alta que el delito de homicidio simple, puede decirse que una billetera vale más que una vida, lo que es inaceptable en cualquier ordenamiento decente.
No obstante ello, el caso de Dachi sí debería de llevarnos a una profunda reflexión en torno a la figura de la suspensión del cumplimiento de la pena de cárcel: ¿Es conveniente la suspensión en delitos con penas menores a 4 años?, ¿la suspensión permite una lucha adecuada contra la criminalidad?, ¿en delitos como el hurto y la estafa es conveniente la suspensión? Creo que es momento de replantear y/o eliminar esta figura, impidiendo la posibilidad de que un juez suspenda la ejecución de la pena de cárcel y obligando a que, sea cual sea la cantidad de meses o años de cárcel que se imponga, esta siempre sea cumplida de manera efectiva. No hacerlo permitirá que cientos de personas que estafan, hurtan o defraudan, sigan haciéndolo, sabiendo que, en la práctica, con la suspensión de la pena de cárcel, sus delitos quedarán impunes.