De la misma forma en que la comunidad científica se entretiene en Ginebra lanzando protones a velocidades colosales para descifrar el origen de la materia y entender lo que ocurrió una billonésima de segundo después del Big Bang, los estudiosos de la tramitología indagan acerca del nacimiento de la regulación.
¿Cómo se crean los trámites? ¿En qué momento ven la luz los permisos, requisitos, licencias y otras obligaciones burocráticas? ¿Qué procesos cognitivos coinciden en la mente del funcionario estatal cuando decide, con arrojo y sapiencia, que algo debe ser intervenido y controlado? Estas son materias tan inescrutables como las que rondan los misterios universales sobre el comienzo de las galaxias o la aparición de la vida.
Por eso se recibe como un regalo cada oportunidad que la burocracia nos ofrece para descifrar estos arcanos insondables en su momento auroral. Como acaba de hacer el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al revelar que trabaja en un proyecto de ley para formalizar el mercado de alquiler de inmuebles, a través de dos mecanismos: la creación de un registro de propietarios e inquilinos, y la promoción del arrendamiento en el país.
Respecto de la promoción de la actividad, poco se puede decir más allá de reiterar lo incierto y paradójico que resulta la intervención estatal cada vez que se pretende alentar algún quehacer económico. Sobre el registro de inquilinos y propietarios, en cambio, no hay ninguna duda: es el momento cero de un nuevo obstáculo administrativo que pronto será oneroso de sobrellevar. Una capa más de la lasaña.
Primero, con seguridad, el registro será voluntario y gratuito. En su segunda versión, los propietarios deberán registrar también el área de sus inmuebles y sus características constructivas. En menos de un año, una adenda exigirá anotar todas la modificaciones estructurales y los cambios de color de la fachada; el uso potencial de los diversos ambientes; y si se permite inquilinos que vacían sus vejigas con frecuencia o que tienen mascotas. Doce meses después de su nacimiento, el registro deberá renovarse anualmente, previo pago de una tasa, consignando, de ser el caso, los muebles que se incluyen en el arriendo, con su foto respectiva y el plano detallado de su ubicación, firmado por un arquitecto colegiado.
Los potenciales inquilinos, a su vez, deberán registrar inicialmente su deseo de alquilar una casa, departamento, lugar de recreo o jato. Pero, antes de que el gallo cante tres veces, se les exigirá anotar la relación de familiares que compartirán su morada, adjuntando documento que certifique el vínculo sanguíneo; la relación de amigos que los visitarán; el uso que se pretende dar al inmueble; y una declaración jurada con firma legalizada comprometiéndose a ver los comerciales de Jaamsa y Faga Motors con el volumen de la tele al mínimo.
Llegados a este punto, el trámite se establecerá maciza y definitivamente en el tejido social. Absurdo, pero aceptado a regañadientes. Los críticos de la disposición empezarán a cuestionar lo accesorio, no lo fundamental. ¿Por qué se exige, por ejemplo, fotografías de los inquilinos, cuando basta la imagen que se tiene en el DNI?
Para entonces, por desdicha, será tarde para preguntar: ¿para qué diablos necesita este ministerio un registro de propietarios de inmuebles e inquilinos?, ¿qué sigue después, una foto de cada peruano calato?