Desde las 8 a.m. del último sábado entró en vigencia la norma que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional para el normal desarrollo de las Elecciones 2018 realizadas ayer.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) advirtió que el incumplimiento de esta disposición, que estará vigente hasta hoy a las 8 a.m., será sancionado con pena de cárcel no mayor de seis meses o una multa de S/2.790 o una pena accesoria de inhabilitación.
-Otras restricciones-El JNE recordó asimismo que, desde las 00.00 horas del 1 de octubre, restringió la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en medios de comunicación, de acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
Explicó que el artículo 191 de dicha norma establece que quienes incumplieron esta disposición serán sancionados con una multa entre los 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir entre S/41.500 y S/415.000.
Igualmente, desde el viernes 5 de octubre fue restringido la realización de mítines o reuniones de carácter político, cuya vulneración, según lo prevé el artículo 190 de la LOE, será sancionada con carcelería no menor de tres meses ni mayor de dos años.
Durante las Elecciones 2018, de 8 a.m. a 4 p.m. no se permitieron los espectáculos populares ni las funciones cinematográficas y teatrales. Tampoco reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.
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