El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en 53 distritos de algunas provincias de las regiones Arequipa y Huánuco, debido al desastre causado por las intensas lluvias.
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Mediante el decreto supremo N° 040-2019 publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que esta medida tiene vigencia de 60 días calendario en los siguientes distritos:
-Arequipa-
• Arequipa: Miraflores y Paucarpata.Provincia Condesuyos: Chuquibamba y Salamanca.• Castilla: Uraca, Huancarqui, Choco y Pampacolca. • Caylloma: Caylloma, Coporaque, Huambo, Maca, Tuti, Lari, San Antonio de Chuca, Callalli, Lluta, Tisco, Ichupampa y Madrigal.• Islay: Cocachacra y Punta de Bombón. • Camaná: Nicolás de Piérola.• Caravelí: Quicacha, Chaparra y Jaqui. • La Unión: Huaynacotas y Alca.
-HUÁNUCO-
• Huánuco: San Pedro de Chaulan, Pillco Marca, Yacus, Yarumayo, Churubamba y Margos.• Lauricocha: Baños y San Miguel de Cauri.• Yarowilca: Choras.• Puerto Inca: Codo del Pozuzo y Honoria.• Huacaybamba: Huaycaybamba y Canchabamba.• Pachitea: Molino y Panao.• Dos de Mayo: Chuquis, Marías, Pachas, Quivilla y Sillapata.• Ambo: Ambo, San Francisco, San Rafael, Cayna y Colpas.
La medida se sustenta en los informes posteriores al impacto de las fuertes precipitaciones se vienen registrando deslizamientos y huaicos en la región.
Estas contingencias vienen afectando la vida, la salud de la población y las viviendas, así como generando colapsos de infraestructura vial, productiva y de servicios. Por ello, resulta necesaria la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado.
La norma dispone que los gobiernos regionales de Arequipa y Huánuco, con los gobiernos locales involucrados, así como la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y demás instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda, “continuarán ejecutando las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para atender el desastre”.
El dispositivo legal agrega que la implementación de las acciones previstas se financiarán con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados.
El decreto es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la ministra de Salud, el ministro de Educación, el ministro de Agricultura y Riego, el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el ministro de Transportes y Comunicaciones, el ministro del Interior, el ministro de Defensa, la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la ministra de Desarrollo e Inclusión Social, la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, el ministro de la Producción y el ministro de Energía y Minas.
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